En caso Sala Electoral de la Corte Suprema (TSJ) validó los resultados de la elección presidencial declarada por el Consejo Nacional Electoral el 28 de julio (CNE), que dio la victoria a Nicolás Maduro con el 51,95% de los votos, es más que un fraude electoral, será un golpe a la Constitución venezolana, advirtieron políticos y juristas.
El CNE es el único organismo facultado por la Carta Magna para controlar todo lo relacionado con el proceso electoral: desde la convocatoria hasta la totalización de resultados y su verificación a través de auditorías, reiteran la consulta a abogados. El efecto Kokuyo.
Al aceptar un recurso de Maduro y proceder a una “evaluación pericial” de los resultados sin garantía de transparencia, explican los expertos, el TSJ usurpa la función, que quedará sellada con un veredicto a favor de la permanencia del actual gobernante en el cargo. poder
“Se irrespeta la soberanía popular”
“El principal ideal vulnerado al ignorar la voluntad popular es el 28 de julio El artículo 5 de la Constitución, Porque se irrespeta la soberanía popular y es muy peligroso, porque vemos la configuración, la integración de poderes del poder popular para perjudicar la soberanía del pueblo.
“Esto es una conspiración para desconocer la soberanía popular, las funciones del CNE siendo usurpadas por el TSJ, una fiscalía que investiga y encarcela a quienes no están de acuerdo, y una defensoría del pueblo que no protege a los ciudadanos”, afirmó el penalista Defensor de la Política. Prisioneros, Eduardo Torres.
Según el 83% de las actas de votación difundidas por la oposición, el candidato de la Plataforma Unitaria Democrática, Edmundo González Urrutiahabría derrotado a Maduro con el 67% de los votos, frente a sólo el 30%.
Los Jefes de los Poderes Legislativo y Moral (Fiscalía) han señalado que estos documentos son falsos, por lo que El Ministerio Público abrió una investigación penal (7 de agosto), concretamente “conspiración”, además de usurpación de funciones, falsificación de documentos públicos, instigación a la desobediencia a la ley, delitos informáticos y asociaciones, contra los autores del portal. resultadosconvzla.com.
El artículo 132 del Código Penal venezolano establece que “quien, dentro o fuera del territorio nacional, había conspirado para destruir la forma política republicana La nación que se entregue, será sancionada con ocho a dieciséis años de prisión”. Al respecto, Torres señaló que, según la Carta Magna (artículo 2), Venezuela es un Estado democrático, lo que significa que la opción del poder decidida por voto popular hay que respetarlo, de lo contrario es cambiar la forma republicana de la nación.
“El Presidente dejó de ser demócrata para instaurar una dictadura, la cual está siendo apoyada por el CNE que no ha cumplido con las tareas de totalizar, tabular resultados, realizar auditorías e implementar la voluntad popular además del TSJ y el TSJ. fuerza moral, Maduro los arrastra a todos“, advirtió.
Por su parte, Asamblea Nacional 2020Presidido por el exjefe de campaña de Maduro, Jorge Rodríguez, un acuerdo publicado en el Boletín Oficial el 30 de julio reconoció los resultados de las elecciones presidenciales del 28 de julio anunciadas por el CNE y que reeligieron al gobernante para el cargo. Período 2025-2031.
El abogado especializado en derecho procesal y penal, Mauricio Camacho, lo que pasó después de la jornada electoral, es el CNE el que es culpable de asociación delictuosa”,Rebelión contra un gobierno legítimamente elegido para evitar la usurpación del mando”.
“La solución no es legal”.
El abogado penalista y defensor de derechos humanos, Joel García, asevera que los primeros nueve artículos de la Carta Magna, especialmente el artículo 5 sobre soberanía popular, no son modificables, en este caso “un verdadero gobierno“
“Es gravísimo lo que está pasando, porque más allá del fraude electoral hay un golpe de Estado, una conspiración. Una verdadera imposición gubernamental. La seguridad de la nación está amenazada; Es demasiado espeso, porque se trata de imponer un sistema de gobierno que viola la Constitución”, advirtió García.
El defensor de los presos políticos también insistió en que por el momento no queda más que insistir en que no es deber del TSJ certificar los resultados electorales sino desestimar el recurso lanzado por el CNE y Maduro, porque no fue así. Influido por la declaratoria del poder electoral, pero en todo caso Edmundo González.
“Si el veredicto es a favor de Maduro, entonces todo se acabó y Los que participaron serán responsables En ello, porque no es trabajo del TSJ. El poder electoral tiene las facultades previstas en la constitución, para totalizar, publicar resultados, auditar y declarar personas electas, que de ninguna manera son competencia de la cámara electoral”, dijo.
Tras fallo de la Cámara Electoral, habrá recurso de apelación Sala Constitucional Intentará revertirlo, lo que, apunta García, sólo servirá para agotar la vía interna, ya que la primera es ratificar el veredicto electoral.
“Este es un problema que no se solucionará por medios legales. La solución es política, que los actores políticos, con el apoyo y la negociación de la comunidad internacional, puedan asegurar que la voluntad popular sea respetada y que el cambio de gobierno comience en 2025. La solución no es legal.“, enfatizó.
¿Tiene una queja internacional?
Sobre la posibilidad de llevar denuncias de fraude electoral en Venezuela ante instancias judiciales internacionales, Mariano de Alba, abogado experto en derecho internacional y diplomacia, recordó el precedente de las elecciones presidenciales de 2013, cuando el entonces candidato Henrique Capriles afirmó Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) vulneración de sus derechos, por ejemplo, realizando una auditoría de los resultados que dieron ganador a Maduro, en condiciones que el exgobernador de Miranda no consideró justas.
La comisión también llevó el caso a los tribunales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) determinó que los derechos políticos de Capriles fueron violados y que otros elementos como “FAlta independencia del CNE» En su caso, por el que ordenó al Estado de Venezuela indemnizar al excandidato
De Alba también recordó que, a diferencia del caso Capriles, una denuncia sobre lo ocurrido con las elecciones presidenciales del 28 de julio no pudo presentarse ante la Corte Interamericana porque Venezuela se retiró de la Organización de Estados Americanos (OEA), incluyendo la CIDH y Órganos de la Corte.
“Realmente no existe ninguna instancia donde se pueda reclamar o apelar una decisión de la Corte Suprema de Justicia. Por lo tanto, la oposición venezolana debe intentar forzar y convencer a un grupo de gobiernos de la región para que permitan el gobierno de Nicolás Maduro. Verificación imparcial e internacional de resultados.”, reveló De Alba.
Alimentar archivo a ICC
Lo relevante, según Torres y de Alba, es el expediente de violaciones de derechos humanos denunciadas por los gobiernos nacionales a través de organismos de seguridad como consecuencia de la represión postelectoral. Corte Penal Internacional (CPI) en el caso de crímenes de lesa humanidad en Venezuela. De Alba, sin embargo, destacó que la Fiscalía de la CPI está centrada en recopilar lo ocurrido a raíz de la represión de las masivas protestas antigubernamentales en 2017.
“Es muy importante que la CIDH esté establecida allí Terrorismo de Estado En Venezuela eso es lo peor que le puede pasar a un país, porque utilizan actos de violencia para aterrorizar a la población y eso es lo que está haciendo Venezuela a través de los funcionarios de seguridad del Estado. Todo esto impulsó la investigación en el ICC y sumó nuevos autores”, agregó Torres.