El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió un fallo en el que ordenó suspender el ejercicio de la abogada constitucionalista María Alejandra Díaz Marín, quien interpuso en nombre del Frente Democrático Popular, integrado por políticos disidentes del chavismo, un recurso de amparo contra los resultados de las elecciones presidenciales.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible un recurso de nulidad interpuesto por el Frente Democrático Popular (FDP) que exigía al Consejo Nacional Electoral publicar los resultados detallados de las elecciones presidenciales. En el fallo, el Departamento de Justicia ordenó la suspensión temporal del ejercicio de la profesión de la abogada constitucionalista María Alejandra Díaz Marín, quien presentó el documento.
La sentencia fue anunciada el lunes 4 de noviembre. Responde a recursos de amparo constitucional “por negligencia, omisión o falta”, donde, según consideró el Frente, el Consejo Nacional Electoral (CNE) pasó sin publicar los distintos resultados de las elecciones presidenciales en las que se declaró electo al presidente Nicolás. como ganador.
El recurso fue firmado por el abogado Díaz, el economista Andrés Giuseppe, el dirigente rojo Juan Barretto; El Coordinador Nacional del Bloque Histórico Popular, José Luis İbrahim Este, del Partido Comunista de Venezuela (PCV), Oscar Figueroa, Yul Jabor y Carlos Ojeda Falcón y Enrique Márquez, líder de los Centrados.
*Leer más: Maduro critica plan desestabilizador por “reactivación de comandos”
Los políticos coincidieron en que “la no divulgación de los resultados electorales es una clara violación al artículo 155 de la Ley Orgánica del Proceso Electoral (LOPRE) y su Reglamento General”, así como a la norma de la Cámara Electoral. En agosto pasado, el CNE fue llamado a publicar los resultados del proceso electoral.
Respecto de la relevancia del requisito de separación de resultados, los solicitantes de amparo recuerdan que en la jurisprudencia de 2005 la Sala Constitucional del TSJ estableció que el CNE tiene la responsabilidad de “presentar un listado tabular de cada acto de escrutinio incluido en la totalización correspondiente, de modo que que la ley electoral coincida con el presupuesto realista que el candidato permita definir declaraciones.
En cuanto a la inhabilitación contra el abogado, se ordenó suspender el ejercicio de su profesión. Díaz Marín fue miembro de la Asamblea Constituyente y asesor jurídico del Partido Socialista Unido de Venezuela. También profesor de la Universidad Bolivariana de Venezuela.
El documento agrega que Díaz Marín deberá pagar una multa equivalente a 100 veces el tipo de cambio máximo del BCV, es decir, unos 5.500 bolívares, considerando que la moneda de referencia es el euro, que vale 55,07 este martes. Bolívar
El llamado Frente Democrático Popular (FDP) lanzó el recurso, que, entre otras cosas, solicitó a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenar al Consejo Nacional Electoral (CNE) publicar resultados detallados. D Elecciones presidenciales del 28 de julio.
Vista de publicación: 686