con una espátula
El 3 de diciembre fue la fecha elegida por el Consejo Nacional Electoral para un referéndum en el Esequibo convocado por la administración de Nicolás Maduro y que busca dar un “impulso” a las operaciones para proteger más de 16.000 kilómetros cuadrados de territorio. En disputa con Guyana.
como es
La Autoridad redactó y aprobó cinco preguntas, que pedían votar a favor de la opción “sí” y planteaban cuestiones como la ratificación de la Convención de Ginebra como único medio de resolución de disputas y el rechazo del Laudo Arbitral de París de 1899. -Reconocimiento de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y creación del estado número 25: “Guyana Esquiba”.
Precisamente estas dos últimas cuestiones, reflejadas en las preguntas tercera y quinta del referéndum, han despertado sospechas y cautela en la comunidad académica, que lo ve como una “trampa” para escapar de la jurisdicción de la CIJ. Un tema que podría afectar los intereses de Venezuela en la región en el futuro.
¿Está de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia para resolver la disputa territorial sobre Guana Esquiba?
Juan Contreras Ariche, presidente del Colegio Venezolano de Internacionalistas, considera que la pregunta número tres es extemporánea e inoportuna, pues “Venezuela ya está participando en el tribunal, ha nombrado a las personas que van a manejar el problema de Venezuela. No es lo más serio que se puede preguntar en este momento (…) Esto genera dudas sobre lo que significa.
Por su parte, Héctor Fóndez Ledezma, experto en derecho internacional y miembro de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, destacó que se trata de una pregunta mal redactada y basada en la falsa premisa de que Venezuela tiene una posición histórica para rechazarla. Tribunal del Esequibo o solución judicial de controversias.
“Eso no es cierto. Cuando se negociaban los Convenios de Ginebra en diciembre de 1965, Venezuela propuso que se considerara como mecanismo de solución un acuerdo judicial ante la Corte Internacional de Justicia. Fue Inglaterra la que se opuso y prefirió una formulación más flexible que sólo Refiriéndose al mecanismo de solución de disputas previsto en el artículo 3 de los Principios de la Carta de la ONU, que de hecho está incluido en el tratado”, dijo.
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