Vencido el plazo, la Sala Constitucional del TSJ aprobó la acción de amparo a favor del referéndum en Esequibo previsto para el 3 de diciembre, solicitada por el presidente de la AN 2020, Jorge Rodríguez.
En la sentencia 1470 publicada este jueves, el TSJ afirmó que no será válida cualquier decisión o acto material de personas naturales o jurídicas (nacionales o extranjeras), organismos internacionales o Estados nacionales, que desconozca, obstaculice o intente obstruir los derechos. . o tener algún efecto legal.
Guyana ha pedido a la Corte Internacional de Justicia que detenga el referéndum porque contiene cuestiones que amenazan con la anexión de su territorio.
El TSJ rechazó la validez del Laudo de París de 1899 y confirmó que la Convención de Ginebra era el único instrumento válido de derecho internacional para resolver disputas sobre territorio reclamado durante 188 años.
“Las relaciones internacionales de la república responden a los objetivos del Estado basados en el ejercicio de la soberanía y los intereses del pueblo; Mientras tanto, se guían por los principios de independencia, igualdad entre Estados, autodeterminación y no intervención en sus asuntos internos, así como la resolución pacífica de conflictos internacionales, la cooperación, el respeto a los derechos humanos y la solidaridad entre los pueblos en lucha. Por su liberación y el bienestar de la humanidad”, suscribe el texto en su sitio web.
Este fue el miércoles cuando Jorge Rodríguez solicitó una orden de protección al TSJ y le pidió acudir a la consulta pública.