Representantes de fuerzas populares, universidades, Fuerza Armada Nacional, Poder Judicial, intelectuales e historiadores participaron en la primera jornada de consulta pública para redactar la “Ley Orgánica para la Defensa del Territorio Esequibo”. Julio García Zerpa, vicepresidente de la Comisión Permanente de Política Interior del Parlamento, encabezó la reunión.
Hoy es jueves 7 de diciembre. Asamblea Nacional Se inició la consulta pública sobre el proyecto de 2020 (AN) “Ley Orgánica para la Defensa del Territorio Esequibo”, luego de que el instrumento fuera aprobado en primera discusión del Parlamento en la sesión extraordinaria del miércoles 6 de diciembre.
Desde el salón de sesiones del Palacio Federal Legislativo, el vicepresidente de la Comisión Permanente de Política Interior del Parlamento, Julio García Zerpa, dijo que en los próximos días estarán desplegados todos los diputados del legislativo y funcionarios de instituciones estatales. Promocionar el contenido del proyecto.
Destacó que el debate en torno al proyecto de ley debe ser amplio y rápido. En el encuentro participaron representantes del Poder Popular, Universidades, Fuerza Armada Nacional, Poder Judicial, Intelectuales e Historiadores.
García Zerpa comentó que los artículos crearon una narrativa histórica “interesante” y agregó que de ser efectivos fortalecería todos los argumentos de Venezuela para luchar por la soberanía sobre el territorio en disputa.
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“Solicitamos que esto no se limite a la política de ‘El Esequibo es nuestro'”. El parlamentario gubernamental agregó: “Queremos que el pueblo sepa profundamente cuál fue la decisión que tomó el pueblo el 3 de diciembre y cómo se implementó”.
Explicó que en la exposición de motivos se decía que el territorio de Venezuela se había mantenido igual desde la declaración de soberanía, y cómo a partir de la década de 1840 el Imperio Británico aprovechó para mirar los recursos y comenzó a cambiar el mapa.
El proyecto de ley, en su artículo 2, prevé la protección del estado de Guyana Esquiba y de la población que vive en ese territorio. El artículo 4 declara la nulidad del Laudo Arbitral de París de 1899 y establece que la Convención de Ginebra es el único instrumento válido para la solución de controversias.
El artículo 9 destaca que es una entidad políticamente autónoma y con personalidad jurídica plena.
“El artículo 10 trata de la superficie del estado de Guyana. Estará compuesta por la superficie del actual territorio de Guayana Esquiba. El Océano Atlántico al norte, Brasil al sur, el río Esequibo al este y el Delta Amacuro al occidente”, agregó el diputado de la AN-2020.
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