con una espátula
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela aprobó este viernes la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por 15 años de la candidata presidencial opositora María Corina Machado.
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El fallo se produjo un día después de que Jorge Rodríguez, jefe de la delegación del Gobierno en el diálogo, asegurara que “de ninguna maneraMachado será candidato presidencial a pesar de que su caso y el de otros políticos están siendo revisados por la Cámara Electoral como parte del Acuerdo de Barbados.
Machado se ha convertido en el oponente más popular y con mayores posibilidades de ganar las potenciales elecciones presidenciales previstas para 2024.
La sentencia afirmó que “Reclamación conjunta con protección cautelar“opuesto”Medios de facto con los que ha gastado la Contraloría General de la RepúblicaEn oficio emitido el 27 de junio de 2023.
Agrega el expediente que esta inhabilitación responde a su participación en una conspiración de corrupción con el líder opositor Juan Guaidó, así como a la toma de empresas como Citgo y el suministro de Monomeros.
Estas obras propagadas por Machado acuñaron la frase “Cuatro mil millones de dólares secuestrados en el sistema bancario internacional“, al mismo tiempo que”Solicitó la aplicación de sanciones y embargos económicos que perjudican la salud de Venezuela“
Agrega que Machado incumplió lo dispuesto en la Constitución al aceptar la acreditación como representante alterno de la delegación de la República de Panamá ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 20 de marzo de 2014, perdiendo así la investidura del diputado. a la Asamblea Nacional.
ensayo
La Sala declara: – La ciudadana María Corina Machado puede conocer de reclamaciones junto con salvaguardias cautelares frente a las medidas prácticas intentadas por Parisca. – Aceptar el reclamo. – La solicitud de protección cautelar es improcedente. – “medios de facto con los que ha gastado la Contraloría General de la República (…) [mediante] Carta oficial No. DGPE-23-0-00-008, emitida el 27 de junio de 2023”, presentada el 15 de diciembre de 2023 por la ciudadana María Corina Machado Parisca, asistida por el abogado Perkins Rocha Contreras. – Se aprueba la constitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y en consecuencia se faculta a la Contraloría General de la República para establecer sanciones de inhabilitación, en el sentido de que la ciudadana María Corina Machado Parisca, de conformidad con la Resolución No. 01-00-0000285 de fecha 16 de septiembre de 2021 por participación en el hecho Inhabilitado por quince (15) años, fue partícipe de la trama de corrupción dirigida por el malversador Juan G. Antonio Guaido M., quien encabezó el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como la descarada apropiación de empresas y bienes del pueblo venezolano en el exterior, en asocio con el gobierno corrupto, cuya entrega por parte de la empresa CITGO es diferente. HOLDING, INC y CITGO PETROLEUM CORPORATION con un valor estimado de treinta y cuatro mil millones de dólares estadounidenses (US$ 34.000.000.000,00) mil quinientos millones de dólares estadounidenses (US$ 1.500.000.000,00) para la empresa canadiense CRYSTALLEX que causó pérdidas por valor de cientos de millones de rupias. Quinientos Millones de Dólares Americanos (US$ 32.500.000.000,00). Entrega (…) de la empresa Monomeros Colombo Venezolanos, S.A., que se encontraba en quiebra, secuestro y hurto de treinta y una (31) toneladas de oro venezolano (…). Concluyendo que el bloqueo solicitado por MARIA CORINA MACHADO PARISCA, entre otros el saqueador JUAN G. Antonio Guaidó M, en conjunto, secuestró cuatro mil millones de dólares americanos (US$ 4.000.000.000,00 que mantiene el sistema bancario internacional). (…) ha solicitado la aplicación de embargos y embargos económicos que han perjudicado la salud de Venezuela, (…) imposibilita la compra de medicamentos antirretrovirales para garantizar el tratamiento de más de 60 mil pacientes con VIH-SIDA, y vacunas para niños y adolescentes Pensando en (…). (…) cerca de 300 mil dosis de insulina no llegaron al país (…). Asimismo, dicho ciudadano incumplió lo establecido en el artículo 191 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que estipula que los diputados de la Asamblea Nacional no pueden aceptar o aceptar cargos públicos sin perder su investidura sin docencia. Actividades , académico, accidental o asistencial, siempre y cuando no se trate de dedicación exclusiva, ya que aceptó el reconocimiento como representante alterno de la delegación de la República de Panamá ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 20 de marzo de 2014. , perdiendo así la investidura del diputado de la Asamblea Nacional. 6.- En consecuencia, dado que la presente solicitud no cumple con los requisitos establecidos y reclamados en el Tratado de Barbados suscrito el 17 de octubre de 2023, la ciudadana MARÍA CORINA MACHADO PARISCA queda inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas por quince (15) años. , de conformidad con la Resolución Número 01-00-000285, de fecha 16 de septiembre de 2021, emitida por la Contraloría General de la República, investigación que se inició en mayo de 2014 y donde se tomaron medidas cautelares. Podrán dar lugar a sus acciones sin perjuicio de las acciones penales y pecuniarias.