26 de enero, Cámara Político Administrativa El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) (SPA) dictaminó que Vente, líder de Venezuela, María Karina MachadoInhabilitado para ejercer cargos públicos por 15 años. Para justificar la decisión, la Sentencia 05 acusa gravemente al candidato único opositor a la presidencia de cometer crímenes contra la República al solicitar y apoyar sanciones internacionales contra el gobierno. Nicolás Maduro y participó en la “residencia” de activos de la República en el exterior, incluida la estatal Citgo. La sentencia causó revuelo nacional e internacional por lo alegado por el TSJ y la forma en que ocurrió. Para los abogados, la pena y medida de inhabilitación impuesta por la Contraloría General de la República (CGR) que confirmó la SPA, es nula de pleno derecho por los siguientes cinco defectos: Función de ocupación su decano Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Central de Venezuela (UCV), Juan Carlos Apitz, el TSJ falló “nula” porque la inhabilitación es una pena accesoria derivada de un proceso penal. Según él, al aprobar la medida contra Machado, la SPA “usurpó la función” que corresponde a un tribunal penal. Según el artículo 138 de la Constitución “Toda autoridad usurpada es nula y sus funciones son nulas de pleno derecho”. Pero no sólo la Cámara está involucrada en las mismas irregularidades, según Apitz, la CGR que, según el artículo 105 de la ley que regula las instituciones del Estado, tiene la “competencia exclusiva” para imponer medidas de inhabilitación. consejo por El efecto KokuyoEl abogado destacó que la propia jurisprudencia del TSJ reconoció que el artículo 105 de la Ley de la CGR, cuya resolución sobre Machado fue aprobada por la SPA, estaba “en conflicto” con el artículo 138 de la Carta Magna porque “toda inhabilitación política debe ser resultado de una Justicia penalUn acto administrativo no puede resultar de la opinión de un regulador Perkins Rocha, abogado de Machado, señaló que en cualquier caso la inhabilitación podría ser impuesta por la Sala Penal del TSJ, de manera definitiva y sólo después de una actuación. Justicia penal Según el debido proceso.” El artículo 65 de la Constitución establece que “los condenados por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones y otros que afecten los recursos públicos no podrán ser elegidos para ningún cargo de elección popular dentro del plazo que establezca la ley. Según la pena y la gravedad del delito”. “. “Se falsificó un acto público” Su ex fiscal Ministerio PúblicoJair Mundere sostuvo que con el fallo del TSJ también se cometió un delito de “fraudación de una ley administrativa” o “falsificación de un acto público” al aprobarse la sanción de la CGR contra Machado contenida en la resolución número 01-00-000285. . 16 de septiembre de 2021, firmado por el entonces Contralor Elvis Amaroso, “Lo cual nunca fue”. Mundere señaló que la prueba del presunto delito es un documento mostrado por el diputado de 2020, José Brito, quien acudió a la CGR en junio de 2023 para aclarar si Machado estaba autorizado para ser elegido. Cargas públicas. El documento que mostró Brito indica que la inhabilitación fue emitida el 13 de julio de 2015. El abogado Rocha destacó que Ganador de las primarias Después de 2015, cuando fue inhabilitado por solo un año y se le dio mucho menos aviso para ejercer su derecho de defensa, eso también viola el artículo 49 de la Constitución. En los documentos mostrados a Brito se señaló que Machado continuó una investigación patrimonial después de 2015 que lo inhabilitó por 15 años. #delito Puede parecer un matiz, ¡pero no lo es! El dictador falsificó una ley administrativa con efecto especial número 01-00-0000285 del 16 de septiembre de 2021, que nunca existió. La prueba es la carta que exhibió Escorpión Brito, la cual decía que la inhabilitación… https://t.co/Eu2KwyPa85-Zair Mundaray (@MundarayZair) 26 de enero de 2024 no esta deshabilitado El abogado Rocha también enfatizó que no se puede considerar que el TSJ aprobó la inhabilitación de Machado porque nunca existió el procedimiento para hacerlo, pese a lo que alegó la CGR. Es por eso que la defensa no solicitó ante el Tribunal Superior la nulidad sino un recurso práctico contra la inexistencia de la ley, además de interponer un amparo con medida cautelar para restablecer sus derechos políticos. Se presentan irregularidades al otorgarle la aprobación. Rocha advirtió que en consecuencia el TSJ aún no se ha pronunciado sobre la denuncia de hechos y que no puede ser sustituido por un “extracto irregular” publicado en el sitio web del alto tribunal. En un análisis publicado por la ONG, el Dr. Acceso a la justicia En julio de 2023, tras responder a la CGR Brito, se señaló que Machado fue acusado por el organismo regulador de ser “participante de la conspiración de corrupción organizada por el adquirente Juan Guaidó que derivó en el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela”. y el extranjero, que conduce a una mala gestión de los recursos. Ojo con copiar el lenguaje chavista:- Perkins Rocha (@PerkinsRocha) 29 de enero de 2024 La ONG señaló que Machado, quien no ocupa cargos públicos desde su destitución como miembro de la Asamblea Nacional en 2014, no puede ser aprobado por la CGR porque no es funcionario estatal y no formó parte del parlamento. Asamblea Nacional 2015 o el gobierno interino que se estableció entre 2019 y 2022. ni ha acreditado que haya recibido o administrado fondos públicos durante ese período. “El Ley Orgánica de la ContraloríaEn sus artículos 2 y 9 aclara que su “control, vigilancia e inspección” está dirigido a “los ingresos, gastos y bienes públicos” y por tanto, quienes trabajan en organizaciones e instituciones están sujetos al mismo. Poder Público Nacional, Estatal y Municipal, Institutos Autónomos, Banco Central de Venezuela, Universidades Públicas, Fundaciones y Asociaciones cuyo financiamiento provenga de más del 50% del Tesoro y de personas naturales y jurídicas que contraten con el Estado”, recuerda luego acudir a abarcar Assesso a la Justicia citó otra irregularidad en su análisis que hizo la CGR, al señalar que después de 2015, cuando Machado fue inhabilitado por 12 meses, realizó en su contra una investigación patrimonial que derivó en otra inhabilitación por 15 años, en violación de la ley. organismo de control “El artículo 114 de la Ley Orgánica de la Contraloría establece que “las sanciones administrativas o medidas compensatorias derivadas de esta ley prescribirán dentro de los cinco (5) años, salvo que se establezca un plazo diferente en una ley especial”. Por lo tanto, Machado en su juramento declaración patrimonial que alegaba irregularidades. El expediente relacionado con él debió estar cerrado hace al menos cuatro años”, sostuvo la ONG. Concedido dos veces El CGR Machado también estará sujeto a una doble sanción al descalificarlo irregularmente por otros 15 años después de la expiración del primer período de medición de 12 meses (la fecha exacta de inicio no está clara). Acceso a la Justicia advierte que si la CGR parte del mismo expediente de la primera inhabilitación, viola el artículo 49, numeral 7 de la Constitución, que dice: “Ninguna persona será procesada por los mismos hechos por los cuales fue juzgado previamente.” sucedió.” Por lo tanto, si se trata de un caso nuevo, la sanción debe ser producto de un nuevo procedimiento surgido de un proceso penal y de una condena. Me gusta esto:me gusta Cargando… relacionado con
Conozca las faltas que anularon e invalidaron la sentencia e inhabilitación del TSJ contra María Corina Machado
Redacción - Caracas Al Dia
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