El vicepresidente del Foro Penal, Gonzalo Himiob, destacó que las sanciones penales contenidas en el proyecto de ley contra el fascismo son amplias, “sumamente amplias y sujetas a la máxima discreción en su aplicación”.
él Foro Penal Venezolano Esta advertencia, el jueves 4 de abril, sobre los defectos jurídicos del proyecto de ley contra el fascismo aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional en 2020, subrayó que se trata de un ataque a las “garantías constitucionales”, la libertad de expresión y de conciencia.
“No está escrito desde un punto de vista técnico jurídico propiamente dicho, sino desde el punto de vista de un ideólogo político que quiere obtener beneficios o cumplir objetivos políticos”, dijo en conferencia de prensa el abogado vicepresidente del Foro Penal, Gonzalo Himiob.
Himeob señaló que en la evaluación de este instrumento, según documentos circulados en las redes sociales, se desprende que la estructura del tipo penal responde a “disposiciones de autorización que no cumplen con la precisión o certeza del principio”. La legitimidad está en la Constitución.”
Señaló que las sanciones penales contenidas en el esquema son amplias, “sumamente amplias y sujetas a la consideración más absoluta para su aplicación”.
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Según él, esto “puede dar lugar a grandes irregularidades, donde el criterio subjetivo de quién aplica la ley determina si una persona está cometiendo un delito. Esto puede prestarse a grandes tergiversaciones. Cuando la conocida ley contra el odio se promulga a través de una Se hizo un decreto ley, entonces ese mismo fallo técnico jurídico se gastó en esa norma, con tipos penales muy, muy amplios.
Himyob reiteró que esto es contrario a cualquier práctica del derecho penal que garantice los derechos humanos. Detalló además que desde 2018, fecha en que se sancionó la ley contra Ofio, 79 personas han sido criminalizadas a través de esta ley.
“Si esto sucede con esta ley contra el odio, entonces, según la formulación, la ley contra el fascismo seguirá utilizando las mismas fórmulas que ignoran claramente el principio de legitimidad y conducirán a una criminalización arbitraria, por el contrario. principio, por el simple hecho de pensar diferente”, afirmó.
Llamó a la Asamblea Nacional de 2020 a publicar el texto para que el público sepa lo que se está discutiendo y a pedir a expertos en delitos que asesoren sobre la formulación y redacción de la categoría de delitos para “evitar excesos o errores autoritarios”. Constitución.
Sobre la situación de los presos políticos en el país, Alfredo Romero, abogado y presidente del Foro Penal, explicó que al 3 de abril se registraban 269 presos. De ellos, 249 son hombres y 20 mujeres. La mayoría son del sector militar.
También destacó que desde 2014, unas 16.000 personas han sido detenidas por motivos políticos y más de nueve mil siguen bajo medidas cautelares que limitan su libertad (impedimento de comparecencia ante los tribunales, prohibición de salir del país, prohibición de hablar de sus casos).
Recordó que en diciembre, como resultado de algunas negociaciones, 20 presos políticos fueron liberados, pero desde entonces 15 más han sido detenidos. “Se produce lo que llamamos efecto puerta giratoria, que identificamos como una estrategia de intimidación para el control político”.
El abogado también destacó el traslado de prisioneros en las últimas semanas desde la sede de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) en Boleita, al oeste de Caracas, a una nueva ampliación de la cercana prisión El Rodeo I en Guarenas.
Dijo que había preocupación por el acceso restringido para los miembros de la familia, y señaló que todos los evacuados eran hombres. En esta nueva prisión se encuentran el teniente coronel Igbert Marín Chaparro, el coronel Alejandro González, involucrado en la conspiración “Brazalette Blanco”, o Juan Carlos Marrufo, esposo de María Auxiliadora Delgado, quien aún se encuentra en la sede de la DGCM.
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