La eliminación del 2% del impuesto a las grandes transacciones financieras (IGTF) al Bolívar que ordenó el viernes Nicolás Maduro ya apareció en la Gaceta Oficial extraordinaria 6.281, por lo que entrará en vigor este lunes 15 de julio.
El primer artículo de la publicación establece que el impuesto se mantendrá en 0%. Es “para las operaciones realizadas por los contribuyentes a que se refieren los artículos 1 al 4 de la Ley del Impuesto sobre las Grandes Transacciones Financieras, artículo”.
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En consecuencia, quedarán exentas las personas jurídicas sin personalidad jurídica y las entidades económicas que estén catalogadas como contribuyentes especiales “por pagos provenientes de sus cuentas en bancos o instituciones financieras”.
Asimismo, se aplica a las personas jurídicas “y a las entidades económicas sin personalidad jurídica, catalogadas como contribuyentes especiales por pagos realizados sin intermediación de instituciones financieras”. En ese momento, “la cancelación significa indemnización, novedad y condonación de la deuda”.
Aunado a esto, el artículo 2 del Diario Oficial indica que las operaciones realizadas por los contribuyentes establecidos en los artículos 5 y 6 del artículo 4 de la Ley del IGTF estarán sujetas a las tarifas del artículo 24.
En resumen, las divisas siguen sujetas a un importante impuesto a las transacciones financieras del 3%.
“Estamos en términos”
Durante una reunión con empresarios el viernes 12 de julio, Nicolás Maduro anunció la abolición del impuesto a las grandes transacciones financieras en Bolívar. El líder chavista aseguró que ya estaban en condiciones de eliminar.
“Famoso y muy querido por usted, el IGTF Aliquot. Lo aman mucho, ¿no? Usted propuso reducirlo gradualmente. Es el 2%. Bueno, firmo el decreto para eliminar ipso facto el 2% del el IGTF. Nosotros ya estamos en condiciones de hacerlo”, indicó.