La Constitución de 1999 establece que “la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, que la ejerce mediante el sufragio, instituciones que ejercen el poder público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y están sujetos a ella”, recuerda la Academia de Ciencias Políticas y Sociales. Al mismo tiempo, denunciaron detenciones masivas sin garantías del debido proceso y restricciones a la libertad de expresión.
La Academia de Ciencias Políticas y Sociales emitió un comunicado este martes 14 de enero en el que expresó su solidaridad “con el sufrimiento del pueblo venezolano, a falta” de la toma de posesión presidencial de Nicolás Maduro. Divulgación de Resultados Oficiales”. Separado por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
En este sentido, denuncian que la situación del país se caracteriza por detenciones masivas, casos de personas cuyo paradero se desconoce, encarcelamiento de presos en cárceles de máxima seguridad, precarias condiciones de salud de los presos, “sin garantías del debido proceso”, y restricciones a la libertad. de expresión.
La Academia recuerda que la Constitución de 1999 establece que “la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce mediante el sufragio, instituciones que ejercen el poder público. Los órganos del Estado derivan y están sujetos a la soberanía popular”.
Asimismo, el comunicado señala que la Carta Magna garantiza una “democracia electoral, alternativa y pluralista”.
La Academia de Ciencias Políticas y Sociales señaló también que el artículo 228 de la Constitución establece que “la elección del Presidente de la República será mediante votación universal, directa y secreta, de conformidad con la ley”. Será declarado electo el candidato que obtenga la mayoría de los votos válidos emitidos.
La academia destaca los derechos de los presos
En un comunicado este martes, la Academia de Ciencias Políticas y Sociales sostuvo que toda persona detenida tiene derecho al contacto inmediato con su familia, abogado o alguien de su confianza. Nuevamente apeló a la Constitución, insistiendo en que los presos “tienen derecho a ser informados del paradero de la persona detenida; Informar oportunamente el motivo de la detención y dejar constancia escrita en el expediente del estado físico y psíquico de la persona detenida. Ya sea por sí mismos o con la ayuda de expertos.
Otro aspecto destacado por la Academia es la prohibición constitucional “Desaparición Forzada de Personas”. Así, “el funcionario que recibe una orden o instrucción para practicarla tiene la obligación de desobedecerla y denunciarla ante las autoridades competentes. Autores intelectuales y materiales: cómplices y encubridores del delito de desaparición forzada de personas, así como intentos de comisión del mismo estará autorizada por la ley.”
Según el Foro Penal, en lo que va de 2025 se han registrado más de 80 detenciones arbitrarias, y en muchos casos se desconoce el paradero de los detenidos, como fue el caso, por ejemplo, del activista y periodista Carlos. Correa y el líder Enrique Márquez.
Además, resaltaron que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral; Y ninguna persona será sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
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Por otra parte, la Academia señaló que el artículo 57 de la Constitución establece que “toda persona tiene derecho a expresar y ejercitar libremente sus pensamientos, ideas u opiniones, ya sea por escrito o por cualquier otro medio. Por cualquier medio de comunicación y difusión, censura No se puede establecer.
*Venezuela opera en un ambiente hostil para la prensa con decenas de instrumentos legales para castigar la palabra periodismo, en particular leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido se publica teniendo en cuenta las amenazas y restricciones impuestas a la difusión de información dentro del país.
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