En la sesión del 15 de agosto, la segunda vicepresidenta de la AN-2020, América Pérez, presentó el proyecto de reforma a la ley para la promoción y desarrollo de nuevas iniciativas, el cual fue aprobado por unanimidad en su primera discusión.
En 2020 la Asamblea Nacional (AN) aprobó legislación sobre supervisión, regulación, desempeño y financiamiento de organizaciones no gubernamentales y organizaciones sociales. El documento fue aprobado por unanimidad en la Sesión General del 15 de agosto.
La aprobación del ideal se produjo dos días después de que el presidente del parlamento, Jorge Rodríguez, prometiera al presidente Nicolás Maduro que se aceleraría la aprobación de los artículos, debido a los supuestos intentos de la oposición de infundir violencia en el país, siendo utilizados como uno de los “Adelante” para el supuesto plan de organizaciones no gubernamentales.
La continuación de la segunda discusión de esta ley, este 15 de agosto, comenzó con la solicitud del diputado Diosdado Cabello (PSUV) de modificar el artículo 23, la cual fue aprobada en la sesión del 13 de agosto y que aborda el tema de las sanciones que se mantendrán. instituciones no gubernamentales y organizaciones sociales.
Cabello propuso que se prohíba a las ONG contribuir a la financiación de partidos políticos o aceptar dinero para “financiar actividades terroristas” o realizar actividades proselitistas.
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Según el parlamentario, investigaciones del oficialismo han revelado que existen organizaciones no gubernamentales que financian la “guarimba” y actos de terrorismo.
El estatuto también prohíbe las actividades de los partidos políticos que “promuevan el fascismo, la intolerancia o el odio por motivos raciales, étnicos, religiosos, políticos, sociales, ideológicos, de género, orientación sexual, identidad de género, expresión de género o de cualquier otra naturaleza”, discriminación e incitación a la violencia. .
El artículo 30 de la Ley establece que si existen motivos para considerar que una organización ha incurrido en determinadas sanciones establecidas por la ley, el Ministerio del Interior y de Justicia podrá acordar preventivamente la suspensión de las actividades de la organización mediante ley motivada. Organizaciones no gubernamentales y organizaciones sociales sin fines de lucro.
“Esta medida deberá ser notificada al órgano judicial competente, dentro de los 15 días siguientes, para que pueda controlar su origen y su continuación, en este caso, estará sujeta al lucro de las organizaciones no gubernamentales y de las organizaciones sociales no gubernamentales. . En el proceso de la respectiva disolución judicial. Si en este artículo no se realiza la notificación dentro del plazo establecido, decaerán las medidas preventivas acordadas”, dice el citado artículo.
El estatuto obliga a las ONG y organizaciones sociales que residen fuera del territorio nacional y que deseen realizar actividades en el país, a inscribirse en el Registro de Organizaciones No Residentes que previamente lleva el Ministerio de Relaciones Exteriores, entidad que, según el artículo 32 . , debe determinar el valor.
En la ley enumeraron ilegalidades formales, entre ellas “el incumplimiento de lo previsto en esta ley y la obligación de registrar información en tiempo y forma”; “El incumplimiento de la obligación de informar al órgano correspondiente sobre las subvenciones o subvenciones recibidas para garantizar la validez de los fondos y lo dispuesto en esta Ley”; “La falta de mantenimiento de los libros cuyo mantenimiento y conservación le corresponde, de acuerdo con la forma adoptada por la Sociedad”; “Incumplimiento de la obligación de auxiliar al Estado en sus actividades de control e inspección e “Incumplimiento de las obligaciones previstas en las disposiciones transitorias de esta Ley”.
En cuanto a las sanciones por este delito, la norma impone una multa en bolívares equivalente a entre cien y mil veces el valor más alto de la moneda publicada por el Banco Central a quien cometa la infracción oficial. Venezuela (BCV).
En caso de reconsideración, la multa equivaldrá al bolívar entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.
“Si el delito estuviera relacionado con la obligación de informar sobre las donaciones recibidas, será sancionado con la imposición de multa igual al doble del monto recibido, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que derive de la ley. lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, en su caso”, se lee en el reglamento.
Otros temas tratados en AN
En la sesión del 15 de agosto, América Pérez, vicepresidenta segunda de la AN-2020, presentó el proyecto de reforma a la ley para la promoción y desarrollo de nuevas iniciativas, el cual fue aprobado por unanimidad en su primera discusión.
El parlamentario destacó que el proyecto de reforma irá a una gran consulta pública para escuchar a los empresarios. “Hagamos las reformas necesarias a esta ley, que siempre va encaminada al bienestar de los venezolanos”, dijo. Señaló que a la fecha 1 millón 500 mil emprendedores están registrados en el programa Emprender Juntos.
Recordó que en 2021 se estableció que el empresario estaría protegido por dos años y luego el ejecutivo garantizaría el proceso de registro formal como empresa.
“Esta reforma está encaminada fundamentalmente a extender esos años de protección. Ya no serán dos años, serán años que tomen en cuenta la economía nacional, a través del decreto de Maduro”, agregó.
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