él Artículo 130 de la Constitución estableció: “Los venezolanos tenemos la responsabilidad de respetar y proteger la patria, sus símbolos y valores culturales; Proteger y defender la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la nación.
El chavismo madurismo “se aferra” a ese deber constitucional de proponer castigar a quien se considere que no defiende el país ni la soberanía nacional. Esta traducción, según el portavoz principal Jorge Rodríguez y cabello diosdado, Al promover sanciones internacionales contra el gobierno de Nicolás Maduro y la economía de Venezuela y quienes no reconozcan al gobernante como presidente reelecto el 28 de julio, como lo anunciaron los poderes electorales con el visto bueno del poder judicial, tachar como entre otras acciones”fascista“
Parte de ese castigo formará parte de las reformas electorales que actualmente se discuten en la “Comisión de Diálogo” integrada por diputados y partidos políticos. Consejo Nacional (AN) 2020, 2 de octubre. El mismo presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez (Psuv), lo advirtió al proponer cambios tras las elecciones presidenciales: evitar que “fascistas” participen en las elecciones.
También 131
Hay tres subcomités dentro de la Comisión de Diálogo que abordan los cambios. Uno de ellos se centra en abordar aspectos constitucionales. En concreto, pretende hacer propuestas para el “desarrollo” del artículo 130 de la Carta Magna. Este grupo está liderado por el diputado Nicolás Maduro Guerrera.
Su vicepresidente segundo Comisión de Diálogo Que aborda la reforma electoral, Luis Eduardo Martínez señala que con el artículo 130 de la Carta Magna, también busca correlacionar el artículo 131, que señala que “toda persona tiene el deber de obedecer y obedecer esta Constitución, las leyes. y demás tareas que los organismos del poder público dirijan en el desempeño de sus funciones.”
Es decir, forzar el reconocimiento del pueblo y de las instituciones venezolanas que la oposición condena. Subordinado a los intereses del Gobierno Nacional y su Partido Psuv. Martínez afirmó que el propósito de desarrollar ambos artículos de la reforma electoral es que quienes no cumplan no podrán participar en el proceso electoral.
“El que no obedece, no va”
Según el diputado y experto electoral 2020, Aníbal Sánchez, una de las propuestas es con el planteamiento de Rodríguez y es que entre los requisitos de elegibilidad se establezca claramente que quienes no puedan postularse a cargos de elección popular, en este caso no son considerados. Realizar las funciones previstas en el artículo 130. Asimismo, que Una candidatura presentada puede ser impugnada Por esta razón
Artículo 56 del mismo Ley orgánica del proceso electoral (Lopre) señala que la actual prohibición de postulaciones establece que ningún elector puede postularse para el cargo de Diputado de la AN y Diputado del Consejo Legislativo al mismo tiempo. Tampoco para el cargo de gobernador y alcalde.
El artículo anterior, 55, señala que los requisitos y condiciones para el cargo de elección popular se establecen en la Constitución para cada cargo. De manera similar, existe el Capítulo 66 que está dedicado a las impugnaciones de nominaciones, según el cual las nominaciones de candidatos pueden impugnarse sólo si no cumplen con los requisitos para la nominación.
El “castigo” se aplicará también a las organizaciones políticas que pretendan participar en las elecciones. El artículo 32 de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones y Manifestaciones, por ejemplo, establece las bases para el registro y disolución de los partidos políticos (artículo 32). Hasta ahora, el “método” utilizado por los poderes políticos ha sido la intervención judicial de organizaciones como Acción Democrática, Voluntad Popular y Primero Justicia para imponer directivas y confiscar tarjetas electorales.
Organizaciones como Un Nuevo Tiempo (UNT), Movimiento por Venezuela (MPV) y mesa de unidad democrática (MUD) que han solicitado Distancia de Edmundo González En las elecciones presidenciales del 28 de julio exigen homenaje al popular exdiplomático y rechazan el proceso de reforma electoral. Según el 83,5% de sus actas electorales, González Urrutia derrotó a Maduro con el 67% de los votos frente al 30%.
Además, Centrados y Lápiz exigieron al Poder Electoral dar a conocer las actas que evidenciaron la supuesta victoria de Nicolás Maduro en las elecciones y rechazar el fallo del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que la validó. Ambas organizaciones participaron en las negociaciones de la reforma electoral en la AN 2020, la cual no fue ignorada por Diosdado Cabello.
En conferencia de prensa el 28 de octubre, el partido gobernante, Psuv, primer vicepresidente de las Sombras Rojas advirtió que no podrían participar en las próximas elecciones regionales y parlamentarias si no reconocían a Maduro como presidente reelegido.
“Uso peligroso”
Para el abogado constitucionalista Nelson Chitty La Roche, se trata del uso “ideológico” del artículo 130 de la Carta Magna. Oferta discriminatoria que privilegia un pensamiento político sobre otro.
“Es un peligro que la Constitución sea interpretada con este fin. Cuando la Asamblea Nacional promulgó leyes contra las organizaciones criminales y el financiamiento del terrorismo, por no ser leyes claras, fueron interpretadas e interpretadas. Los que salen a protestar son terroristas; Entonces cualquiera puede ser un traidor a la patria, porque hay que recordar que el gobierno trata a quienes piensan diferente, no como opositores políticos, sino como enemigos”, advirtió el profesor de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas de la Universidad Central. . Venezuela.
Otro constitucionalista que prefirió omitir su nombre para esta nota insistió en que no se puede invocar un deber constitucional de proteger al país. Violación de derechos políticos como el derecho de voto activo y pasivo.El derecho a elegir y ser elegido es por lo que, advirtió, las reformas propuestas por la AN de 2020 para decidir según el criterio del Psuv, quién puede optar o no a postularse a cargos públicos, son “inconstitucionales”.
Recordó que la Constitución establece (artículo 42) que un ciudadano puede ser declarado inhabilitado políticamente. Sólo por sentencia firme Y, por tanto, sólo así se podrá aplicar la medida.
“Busca impedir el ejercicio de esos derechos“Cualquiera puede ser un traidor a la patria desde el punto de vista de que la oposición no podrá participar en las elecciones”, añadió.
muchacha Incompetencia política uno cartas frecuentes Eso requiere poder político contra la oposición en Venezuela. El más reciente fue contra la líder opositora María Corina Machado, desde hace 15 años, lo que le impidió registrarse como candidata presidencial en las elecciones presidenciales del 28 de julio.
La dirigente deploró que nunca fue informada Contraloría General de la República de cualquier proceso contra él y por lo tanto fue privado del derecho de defensa. Fue acusado de agresión extranjera y de buscar sanciones contra el país.
Consultado sobre la observación de los constitucionalistas, el diputado Martínez prefiere no dar su opinión por ahora, pero admite que Hay preocupaciones ¿Cómo se define este tema?
“Vale la pena esperar a que se redacte la propuesta, la finalidad aún no está hecha. Estimamos que para el 12 de noviembre los Proyectos de Ley (Proceso Electoral, Facultades Electorales y Reformas a la Ley de Partidos Políticos) deberían estar listos para su primera discusión en el pleno y luego iniciar la consulta pública. Ya opinar, sin reglas escritas específicas, no es responsable, preferimos esperar para poder emitir una opinión”, afirmó.