En 2019, un año de protestas antigubernamentales, la CIDH otorgó 23 medidas cautelares a personas y grupos, como niños, niñas y adolescentes, de 13 servicios del Hospital JM de los Ríos. Abogados dicen que en ningún caso ha habido respuesta del Estado venezolano
El 6 de septiembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó una medida cautelar a favor de Nelida Sánchez Oropeza, coordinadora nacional de capacitación de Súmate, al considerar que “se encuentra en una emergencia grave y peligrosa”. “un daño irreparable a sus derechos en Venezuela”, debido a su detención el 26 de agosto, sus propias condiciones de salud y desapariciones forzadas.
Hasta 2015 se han aprobado 97 medidas de este tipo para individuos o grupos, pero el Estado venezolano no ha cumplido oficialmente ninguna, según expertos. En 2019 se concedieron 23, la cifra más alta en ocho años.
Hasta septiembre de 2024, la CIDH ha emitido 11 de ellas en nombre de políticos, abogados o activistas de derechos humanos que considera en riesgo, la mayoría de ellas tras las elecciones presidenciales de julio y una ola de represión por las protestas postelectorales.
“El Estado ignora por completo lo que viene de la CIDH o de la OEA. Pero sirve como mecanismo de presión e incidencia para que un organismo de seguridad reconozca tempranamente la existencia de violaciones a los derechos humanos”, comentó un abogado sobre la medida cautelar acordada a favor de el exdiputado Williams Dávila, quien es beneficiario desde 2017. .
Ese año, en el que la CIDH emitió un total de 10 medidas cautelares, su defensa solicitó la consideración de la persecución que sufrió y la cancelación de su pasaporte, tema que nunca ha sido resuelto. Luego de su arresto y posterior desaparición forzada la noche del 8 de agosto, se realizó una actualización sobre su caso.
“No existe una situación formal de cumplimiento, es decir, donde el Estado reconoce por primera vez la existencia de sus obligaciones a partir de una sentencia de medida cautelar, porque lo que sucede es que el Estado niega la validez de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Simón Gómez Guaymara, abogado especialista en derecho internacional, dijo: “Ahí empezamos liderando por la banda”.
El Estado de Venezuela ha denunciado tanto la Convención Americana sobre Derechos Humanos (septiembre de 2012) como la Carta de la Organización de los Estados Americanos (abril de 2017). La última medida garantizaría al gobierno de Nicolás Maduro una salida del sistema interamericano después de dos años. Pero tras las elecciones presidenciales de 2018, que no fueron reconocidas por parte de la comunidad internacional y la OEA, la Asamblea Nacional de Venezuela declaró un “vacío” y procedió a nombrar un gobierno interino con Juan Guaidó como “presidente interino”.
En estas funciones, Guaidó anunció su decisión de cancelar la condena a la Carta de la OEA y también se ratificó la Convención Americana, situación que fue aceptada por organismos internacionales.
La OEA también prevé que para que este retiro del sistema interamericano se haga efectivo, el Estado debe cumplir con sus obligaciones, no sólo en materia financiera sino también en materia de derechos humanos. “Venezuela ha incumplido en gran medida cualquier fallo de la Corte Interamericana y muchas medidas cautelares”, dijo Gómez.
La posición oficial del gobierno de Maduro, recordó, “es que se retiraron, no tienen nada que ver con la OEA y por eso la ignora, no envía información sobre medidas cautelares”.
Medidas de precaución, ¿son buenas?
El abogado Simón Gómez explicó que estas medidas “tienen un efecto fundamental, que es fundamental para proteger los derechos de las personas”, en el que se establece una precaución para evitar que la situación actual de la persona sea perjudicial.
Es decir, si no se toman medidas para controlar esta situación extremadamente peligrosa, se producirán daños irreparables. Sostiene que “lo que se busca es que esta situación de peligro para los derechos humanos no constituya una violación específica de un derecho”.
Señala también que la propia Comisión Interamericana, en su jurisprudencia, “ha establecido que respecto del derecho a la libertad las medidas cautelares no proceden, pero si ante una detención arbitraria (de la persona) existe un grave peligro para su vida, su integridad, que al igual que su salud puede derivar en otros derechos, donde se apliquen medidas cautelares.
Esto le pasó a la propia Nélida Sánchez, a políticos como Roland Carino o a periodistas como Ana Carolina Guetta.
La CIDH brinda protección a grupos. Simón Gómez destaca que se trata de grupos identificables sujetos a una condición concreta. “Lo que es coherente con el Estado es que debe actuar en cada una de estas resoluciones”.
Aún están pendientes de aprobación los arreglos para niños y adolescentes de los 13 servicios de JM de los Ríos, esclerosis múltiple, cáncer de mama, indígenas pemones de Kumarakape, personas con hemofilia y otras coagulopatías, entre otros grupos.
Otro defensor de derechos humanos, que prefirió no ser identificado, destacó “estas medidas cautelares, muchas de las cuales tienen un amplio impacto en los medios, al menos antes de julio de 2024, ante esta ola represiva (…) en cierta medida”, señala. “La presión sobre el Estado sí lo hace, porque ellos determinan de alguna manera el costo y en algunos casos una persona es liberada”.
En otros casos, destacó el defensor, las medidas cautelares sirvieron de precedente para otros recursos como el Grupo de la ONU sobre Detención Arbitraria. “Una persona con medidas cautelares y una resolución de este grupo, ya que afecta algunas revelaciones. No estamos diciendo que el Estado haya cumplido con la medida pero ha actuado como un mecanismo de presión”.
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