con una espátula
La Comisión Nacional de Primarias informa a la ciudadanía que, dentro del plazo de 72 horas para la impugnación, previsto en el artículo 31 del Reglamento Marco de Primarias y el artículo 9 del Reglamento de Solicitudes, Sustituciones y Demostración de Apoyo a Candidaturas, no existe objeción. Candidatura aceptada el 26 de junio.
En consecuencia, una vez vencido el plazo de diez (10) días corridos establecido en nuestro reglamento, la Comisión aprueba la candidatura de las siguientes personas para elecciones primarias:
La Comisión informa además que los candidatos antes mencionados ya han sido informados sobre la aprobación de su candidatura. Por último, se hace público que a partir de hoy comienza el plazo de sustitución y desistimiento de solicitudes con efecto de voto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento Marco y el artículo 10 del Reglamento de Aplicación.