Luego de la destitución de Juan Carlos Delpino como Rector Titular del Consejo Nacional Electoral (CNE), la Asamblea Nacional procedió a nombrar a Conrado Pérez respetando el “orden de reemplazo correspondiente entre los Rectores Titulares” del CNE.
Al presentar el título, “el doctor Conrado Pérez fue calificado como un defensor de la causa nacionalista, defensor y reconocedor de las instituciones del Estado”.
Cumplen así con el artículo 296, fracción III de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En tanto, el artículo 12 de la Ley Orgánica del Poder Electoral, fracción III, se refiere a la ausencia, es decir, la ausencia “temporal” que no exceda de 10 días hábiles consecutivos sin justa causa y hasta 90 días prorrogables discrecionalmente. CNE, si existe causa razonable.
Asimismo, la ley establece que “cuando falte absolutamente un rector elector y su suplente, la Asamblea Nacional nombrará al titular y a sus suplentes de la lista de electores que les presente la comisión de evaluación y selección. Nominaciones, tomando en cuenta el orden establecido.”
En este sentido, se designó a Conrado Pérez Briseño como rector titular y a Aura Rosa Hernández como suplente del Consejo Nacional Electoral.
Posteriormente, el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, tomó juramento a los nuevos miembros del poder electoral.
Anteriormente, la Asamblea Nacional acordó la destitución. Juan Carlos Del Pino Así como una solicitud al Ministerio Público para que inicie de inmediato una investigación completa por su presunta participación en la comisión de hechos punibles que violan manifiestamente la Constitución y las leyes de la República Bolivariana de Venezuela: fraude electoral, conspiración, traición a la patria. Patria, delincuencia, propaganda e incitación al odio, entre otros.