con una espátula
Este sábado 27 de enero se cumplen nueve años de vigencia de la Resolución 8610, emitida por el Ministro de Energía Popular para la Defensa, la cual debe ser reformada para adecuarse a la Constitución, considerada por el control civil, que pide una nueva. su revisión y modificación.
El 27 de enero de 2015 se publicó en la Gaceta Oficial N° 40.589 la Resolución que establece normas de desempeño de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en las funciones de control del orden público, paz social y convivencia ciudadana en asambleas. Eventos públicos y manifestaciones.
En ese momento, Control Ciudadano llamó a su intervención, entregando sus observaciones a la Defensoría del Pueblo, para mediar en una revisión urgente del contenido de la Resolución 8610. Desafortunadamente, su contenido no ha sido modificado hasta la fecha.
El 26 de julio de 2016, la Sala Político Administrativa de la Corte Suprema de Justicia admitió un recurso de casación para anular la Resolución 8610 emitida por el Ministerio de Energía Popular para la Defensa, pero rechazó suspender la resolución como medida cautelar, contra la solicitud del entonces- La diputada de Gobierno Delsa Solórzano y el concejal de Chakao, Manuel Rojas.
En aquella ocasión, los magistrados confirmaron que está prohibido el uso de armas para controlar protestas pacíficas. Pero aclararon que se pueden utilizar agentes químicos cuando las protestas se vuelven violentas.
Sin embargo, la Sala Político-Administrativa anunció el retiro del recurso de apelación.
“El 11 de mayo de 2017 se publicó la marca de posición y venció dicho plazo sin su retiro (el 18 de mayo de 2017)”, dirige la sentencia escrita por la jueza Eulalia Guerrero y firmada por sus colegas María Ameliach, Bárbara Siero, Marco por haciendo Medina e Inocencio Figueroa. El tribunal ordenó la conservación del expediente.
Sin embargo, la propuesta de defensa del Ministerio del Poder Popular puede ser revisada en cualquier momento y ordenarse sus cambios para adecuarla a las disposiciones constitucionales. La resolución también podrá ser modificada a petición de la Defensoría del Pueblo.
Control Ciudadano considera que esta resolución debe armonizarse con la posición constitucional y llama nuevamente a los órganos de control de derechos humanos competentes, como la Defensoría del Pueblo, a implementar las modificaciones y propuestas pertinentes.
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