El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha asegurado en un comunicado que dará cumplimiento a la orden del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de difundir el acta en el tiempo que marca la Ley Electoral.
“Los poderes electorales, en cumplimiento de la Constitución de la República de Venezuela, la ley orgánica de la Corte Suprema de Justicia y el reglamento electoral, acatan las decisiones y obedecen lo que ordene el elector dentro del plazo de vigencia de la ley. Cámara de Corte Suprema de Justicia”, indicó la organización.
El TSJ “condenó el ciberataque masivo sufrido por nuestro sistema electoral y solicitó la publicación de los resultados finales conforme a lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley Orgánica de nuestro proceso electoral”, agregó.
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Desde el pasado 28 de julio, el CNE ha cometido varias irregularidades que han minado la confianza de los ciudadanos en el poder electoral. Esta situación llevó al TSJ a iniciar una investigación para confirmar los resultados electorales, un hecho inédito en los 25 años de chavismo.
¿Qué dice el artículo 155?
“El CNE ordenará la publicación de los resultados del proceso electoral en la Gaceta Electoral de Venezuela dentro de los treinta días siguientes al anuncio de los candidatos seleccionados.”
Esto significa que el organismo electoral puede emitir el acta hasta este martes 27 de agosto para no caer bajo la ley de la República. De lo contrario, violaría la ley que lo rige, así como la sentencia del TSJ.