con una espátula 31 de enero de 2024, 11:51 Sebastiana Barez // Archivo El Colegio Nacional de Periodistas (CNP) se pronunció sobre las graves acusaciones del Ministerio Público contra nuestra vocal María Sebastiana Barez Considerando la conferencia de prensa del lunes 22-01-2024, transmitida por Venezolana de Televisión, en la que el Fiscal General del Ministerio Público anunció la orden de aprehensión en contra de 14 ciudadanos -militares y civiles-, entre ellos la abogada penalista Tamara Suzu, Directora Ejecutiva del Organismo de Derechos Humanos. Observatorio de Derechos Humanos del Centro de Estudios para América Latina (CESLA) y la Lic. María Sebastiana Barez Pérez, miembro del Colegio Nacional de Periodistas, número 6530, por la comisión imputada por el delito de traición a la patria, tipificado como tentativa de homicidio doloso en el persona de Nicolás Maduro Moros, del estado Táchira Calificado como tentativa de homicidio doloso en la persona del gobernador, por terrorismo y delincuencia, a petición, 19 de enero bajo control del Juzgado 2° contra el Terrorismo, relacionado caso pulsera blanca.Empieza el 2024 bien informado con nuestra newsletter ¡Suscríbete gratis! Considerando que el periodista Sebastián Barrez negó los graves cargos en su contra el 23-01-2024, emitidos desde el Ministerio Público, entre otros argumentos, los organismos de inteligencia crearon otro operativo con el pretexto perfecto de persecución, miedo, amenazas, detenciones e intentos de callarse la boca. La licenciada Sebastiana Barez tiene una impecable trayectoria como periodista de investigación cubriendo fuentes militares, así como hechos y sucesos relevantes ocurridos en la frontera con Venezuela, durante décadas, además de informar sobre asuntos de interés público, sobre instituciones, funcionarios. Y comunidades, especialmente en investigación, preparación y redacción para los portales Infobae, Costa del Sol FM, Fronteraviva.com, entre otros, cuyas labores cotidianas como corresponsales se encuentran entre las tareas nobles del ejercicio profesional, amparadas en el artículo 3 y 4 de la Ley del Periodista. Practica la abogacía. Resaltamos que los acuerdos internacionales deben cumplirse en los términos pactados y, por tanto, el principio pacta sunt servanda mantiene su vigencia, relevancia y vinculación directa con las garantías constitucionales, la libertad personal (artículo 44), referente al respeto al debido proceso. , presunción de inocencia, acceso a la prueba (artículo 49), libertad de expresión (artículo 57) e información (artículo 58), protección de la dignidad (artículo 60), según el artículo 62 (condiciones favorables para la participación pública en los asuntos), 67 (libertad de asociación), 70 (ejercicio de la soberanía en la política), especialmente los artículos 22 (progresividad de los derechos humanos) y 23 (tratados internacionales). El Colegio Nacional de Periodistas reitera la vigencia del principio No. 13 de la Declaración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, aprobada por la OEA, sobre la libertad de expresión, en el sentido de que el uso del poder estatal, incluyendo la presión, el castigo de comunicadores, dirigentes opositores, defensores de derechos humanos, en función de su línea ideológica, la presión directa o indirecta encaminada a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales es incompatible con la libertad de expresión. La Corte Interamericana de Derechos Humanos en Opinión Consultiva No. 5-85 reconoció públicamente la importancia fundamental de la libertad de expresión para la existencia de una sociedad democrática, que hoy se encuentra fuertemente limitada en Venezuela, al no existir separación de poderes. Estado de derecho, han sido encarcelados más de 258 presos de conciencia, dirigentes sindicales, defensores de los derechos humanos, estudiantes, periodistas y líderes de la oposición. En esta secuencia de ideas, no es casualidad que el 12 de enero de 2024, la Asamblea Nacional retomara la discusión del proyecto de “Ley de Supervisión, Regularización, Funcionamiento y Financiamiento de las Organizaciones Privadas y Conexas”, luego de aprobarlo. Un primer debate en enero de 2023, cuyo proyecto se conoce como “ley antisocial”, limitaría o afectaría directamente la libertad sindical. Ante la importancia antes mencionada, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE), publicado el 26-01-2024, llaman la atención para abstenerse de sancionar al Estado de Venezuela. Un proyecto de ley que tendría el efecto de limitar el derecho de asociación, la participación ciudadana en asuntos de interés público, la libertad de expresión y la defensa de los derechos humanos. Para implementar la democracia establecida en la Constitución Nacional de 1999 en Venezuela, los ciudadanos deben poder ejercer un control total y efectivo sobre la forma en que se gestionan los asuntos públicos y los intereses sociales. Por ello, el Colegio Nacional de Periodistas condena los intentos de criminalizar a periodistas, periodistas, trabajadores de prensa y defensores de derechos humanos bajo cualquier sistema judicial, sin acceso al conocimiento ni a la prueba, sin respeto al ejercicio de los derechos de defensa, la presunción de inocencia. , el derecho a contratar un defensor privado, el derecho a conocer el detalle de los cargos que se le imputan en violación a la garantía del debido proceso. Destacamos la validez y efecto de la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Caso Profesor Tulio Álvarez) de fecha 30-08-2019, que condena al Estado de Venezuela, según la cual se consideró claramente que el uso de procedimientos penales en asuntos de interés público Intimidación directa o indirecta que en última instancia limita la libertad de expresión e impide el escrutinio público de conductas que violan el ordenamiento jurídico, como actos de corrupción, abuso de autoridad, comunidades que exigen ser adecuadamente informadas sin censura ni dominio. de comunicación. En consideración de lo anterior, el Colegio Nacional de Periodistas de Venezuela (CNP), con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos y Deberes Humanos, artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 4 de la Carta Democrática Americana y en particular los artículos 22, 23, 44, 49, 57, 58, 62, 67, 70 y 132 de la Constitución Bolivariana de la República Bolivariana, de conformidad con El artículo 5 Números 4 y 5 de la Ley sobre el Ejercicio de los Periodistas, condena y advierte: 1) Como otro grave ataque a la libertad de expresión, la libertad de información y el debido proceso, es una iniciativa pública la criminalización de la periodista María Sebastiana Barez Pérez, amparada en garantías constitucionales y tratados internacionales, desde que se giró su orden de aprehensión. Ordenado por el Ministerio del Estado de Venezuela, las fuerzas de seguridad y los órganos de administración de justicia, sin perjuicio de la importancia del funcionamiento social y del interés general, en beneficio de los ciudadanos, la libertad de expresión, en sus carácter público. , debe ser. Conforme a la Carta Magna y las leyes del ejercicio periodístico, sin censura, debidamente informados sin fronteras. 2) Una vez más, algunos altos funcionarios de ministerios públicos y autoridades del poder judicial incumplen recomendaciones o protocolos emanados de misiones independientes de la ONU aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos, en el sentido de que se impide que los procesos continúen. Crímenes contra la libertad de expresión y de periodistas, dirigentes sindicales, estudiantes, políticos y defensores de derechos humanos amenazan el deber de investigar. Publicar copia de este comunicado y comunicarlo a la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH, al Mecanismo Especial de Seguimiento para Venezuela (MESEV), a la Secretaría General de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. OEA, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a la Misión Independiente de Investigación de las Naciones Unidas en Venezuela, al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), a la Secretaría General de las Naciones Unidas, a la Delegación ante la Unión Europea en Venezuela , a ONG de defensa de los derechos humanos, a los Departamentos del Colegio Nacional de Periodistas de Venezuela, al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), a la Cátedra de Derecho Constitucional de la UCV, a la Escuela de Comunicación Social de la nación y al Centro para la Investigación en Comunicación. En la Ciudad de Caracas, a los treinta y uno (31) días del mes de enero de 2024.Por el Consejo Directivo Nacional del Colegio Nacional de Periodistas (CNP) de Venezuela. (function(d, s, id) var js, fjs = d.getElementsByTagName(s)[0]; if (d.getElementById(id)) return; js = d.createElement(s); js.id = id; js.src=”https://connect.facebook.net/es_LA/sdk.js#xfbml=1&version=v3.0&appId=103199389782118&autoLogAppEvents=1″; fjs.parentNode.insertBefore(js, fjs); (document, ‘script’, ‘facebook-jssdk’));
El CNP condenó graves acusaciones del chavismo contra la periodista Sebastiana Barrez
Redacción - Caracas Al Dia
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