El TSJ considera que la Ley de Armonización Tributaria cumple con el requisito de ser un artículo orgánico
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley de Armonización Tributaria, la cual fue aprobada por la Asamblea Nacional electa el 18 de julio de 2020.
Para el TSJ, esta nueva ley tiene por objeto promover el desarrollo equilibrado de la economía para elevar el nivel de vida de los venezolanos, generar empleo y fortalecer la independencia económica; Prevenir la evasión de impuestos estatales y municipales, así como ayudar a optimizar el proceso tarifario; Que las cargas públicas se distribuyan de acuerdo a la capacidad del contribuyente y tengan seguridad jurídica.
Además, enfatizó que la nueva Ley de Armonización Tributaria permite garantizar la coordinación y armonización de los tributos en los estados y municipios, “definiendo principios, parámetros y limitaciones, tasas impositivas y tasas aplicables de los impuestos estatales y municipales”, según indicó en un comunicado de prensa. liberación establecida por la Constitución.
*Lea también: Academia de Ciencias Políticas y Sociales rechaza Ley de Armonización Tributaria
La bancada del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en la Asamblea Nacional (AN) de 2020 se ha comprometido a “poner orden” en los estados y municipios del país con una ley orgánica que armonice y armonice las facultades tributarias de los estados. y municipios.
La norma, aprobada en segunda discusión por clara mayoría calificada el pasado 18 de julio, tiene por objeto establecer principios, parámetros, tipos impositivos y tasas aplicables. Según el diputado Nicolás Maduro Guerra (PSUV – Vargas), la ley creará el equilibrio macroeconómico necesario para conducir al país “hacia una victoria próspera”, y agregó: “Nosotros marcamos el camino”.
Según el parlamentario, el instrumento legislativo acompañará a la ordenanza tributaria municipal y regional con un plan inmediato de implementación y coordinación con el departamento ejecutivo.
Ver publicación: 80