La Sala Político-Administrativa (SPA) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) informó que la candidata opositora María Corina Machado está inhabilitada para ejercer cargos públicos por 15 años. El tribunal también aprobó la inhabilitación del dirigente Henrik Capriles Radonski por 15 años. También le puede interesar: Capriles responde a su inhabilitación: Nadie nos sacará del camino electoral La sala sorprende con su cuenta desde diciembre. Poco a poco el máximo tribunal del país anunció la sentencia una a una. Aquí seguimos minuto a minuto los anuncios de la Corte Suprema de Venezuela. Leocenis García, capaz La primera persona autorizada por el TSJ para ejercer funciones públicas fue el líder de la organización Prociudadanos, Leocenis García. «Decisión: La Sala se declara competente para conocer de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con la solicitud de protección cautelar del ciudadano Leosenís Manuel García Osorio. Reconociendo el reclamo de cancelación. La solicitud de protección cautelar procede (…) en consecuencia (…) está autorizado para ejercer funciones públicas, sin perjuicio de la responsabilidad penal que se derive”, señala la sentencia de la SPA del TSJ. Richard Murdo, digno La cámara hizo lo mismo en una sentencia publicada en una serie con Richard Mardo, exdiputado de la Asamblea Nacional y líder de Primero Justicia. También se espera que el alto tribunal anuncie su decisión en los casos de Daniel Ceballos, Henrique Capriles, Enzo Scarano y Rosa Brandonício de Scarano, aunque las expectativas giran en torno a un posible fallo a favor o en contra de la líder de Vente Venezuela, María Corina Machado. Tras la firma del acuerdo de Barbados, el 17 de octubre de 2023 y horas antes de que venciera el plazo fijado por Estados Unidos (30 de noviembre) para que el gobierno de Maduro creara un sistema que permitiera una revisión de las inhabilitaciones políticas, lo que se considera arbitrario e ilegal. Por la oposición venezolana, el TSJ abrió un plazo hasta el 15 de diciembre de 2023 para que las víctimas soliciten una revisión de la acción en su contra. Sin embargo, minutos después ambas decisiones (la de García y la de Mardor) desaparecieron del sitio web del TSJ, que también presentaba problemas de acceso. Henrique Capriles, no elegible La decisión de la SPA en el caso del ex candidato presidencial y ex gobernador de Miranda, Henrique Capriles, fue anunciada pasadas las 16.00 horas. El máximo tribunal del país inhabilitó al líder del PJ en 2017, por 15 años, por presuntas irregularidades durante su gestión como líder regional. “Los actos impugnados han sido declarados sólidos, por lo que el ciudadano Henrik Capriles Radonski, mediante Resolución N° 01-00-000239, de fecha 6 de abril de 2017, ha sido inhabilitado por quince (15) años, confirmando la liberación de Chabar” . Capriles nunca confirmó si acudió al TSJ. Cuando la prensa lo consultó sobre el tema, él solo respondió que discutiría el asunto con sus abogados. Pablo Pérez, aprobado Unos minutos más tarde fue el turno del exgobernador de Julia, Pablo Pérez Álvarez, quien tuvo mejor suerte que Capriles y fue habilitado por un fallo de la SPA. “(…) Al efecto de derecho administrativo contenido en la Resolución N° 01-00-000181 de 10 de junio de 2015, emitida por la Contraloría General de la República, que acordó como sancionatoria la inhabilitación para el ejercicio de “(…) funciones públicas, diez (10) para el año (…)”. -Se habilita al ciudadano Pablo Pérez Álvarez, previamente identificado, para ejercer funciones públicas”, dice el fallo. María Karina Machado, inelegible Aproximadamente una hora después la sala informó que la candidata opositora María Corina Machado había sido descalificada, al igual que Henrique Capriles. “(…) Dado que la presente solicitud no cumple con los requisitos establecidos y reclamados en el Acuerdo de Barbados suscrito el 17 de octubre de 2023, se inhabilita a la ciudadana MARÍA CORINA MACHADO PARISCA para el ejercicio de funciones públicas por quince (15) años, Resolución No .01-00-000285, emitido el 16 de septiembre de 2021, por la Contraloría General de la República, investigación que se inició en mayo de 2014 y donde se tomaron medidas cautelares. sin perjuicio de las actividades delictivas y financieras que puedan dar origen a sus actos.” Daniel Ceballos, aprobado Minutos después de conocer la sentencia negativa contra la candidata opositora María Corina Machado, la SPA anunció que aceptó un recurso de apelación y que decidió habilitar al exalcalde de San Cristóbal, Daniel Ceballos. “Admite el reclamo de cancelación. – Aprobó la solicitud de salvaguardias precautorias presentada en el marco del mecanismo establecido en el Acuerdo de Barbados del 17 de octubre de 2023, cumpliendo con los parámetros y requisitos allí señalados. En consecuencia, el ciudadano DANIEL OMAR CEBALLOS MORALES ha podido ejercer funciones públicas”, indica la norma. Rosa Brandonicio de Scarano, calificada Rosa Brandonicio de Scarano, exalcaldesa del municipio de San Diego en el estado de Carabao y esposa de Enzo Scarano, también levantó su inhabilitación. “En consecuencia, se producen los efectos de la ley administrativa contenida en la Resolución No. 01-00-000273 de 3 de mayo de 2017, emitida por la Contraloría General de la República, mediante la cual decidió imponer al referido ciudadano. Poder como Alcalde del Municipio de San Diego, Estado de Carabobo, autorización de inhabilitación para el ejercicio de la función pública por quince (15) años. -Se autoriza a la ciudadana ROSA BRANDONISIO DE SCARANO, previamente identificada, a ejercer funciones públicas”, se lee en el texto. Finalmente, el tribunal envió la decisión en el caso de Enzo Scarano, exalcalde del municipio de San Diego, estado Carabobo, a la Sala de lo Constitucional del TSJ, declarándola inadmisible. “SENTENCIA: La Sala declara: – el mérito de conocer el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con una acción de amparo cautelar constitucional, presentado por el ciudadano Vicencio Scarano Spiso, asistido por un abogado antes identificado, contra el derecho administrativo contenido en la Resolución No. 01 -00-000135 de 17 de febrero de 2017, emitido por la Contraloría General de la República, imponiendo sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el plazo de quince (años). (…)”. (Capitalización y resaltado) del original).-Por cosa juzgada inadmisible. El caso.-Se dirige el expediente para ser remitido a la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, en el marco del proceso establecido en el Tratado de Barbados de fecha 17 de octubre de 2023”, el dijo la sentencia. 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En vivo | El TSJ aprobó a cinco políticos, pero excluyó a María Karina y Capriles
Redacción - Caracas Al Dia
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