Hubo seis crímenes Ministerio Publico (MP) responsabilizó al opositor Edmundo González Urrutia de haber emitido una orden de arresto en su contra, emitida por un juez el 2 de septiembre antes de la partida del embajador de carrera a España.
El juez Eduardo Briseño firmó la orden de aprehensión por los delitos de usurpación de funciones, falsificación de documentos públicos e incitación a la desobediencia a la ley, conspiración, sabotaje para dañar sistema y asociación.
Pero al aprobar una solicitud de alerta roja a Interpol contra González Urrutia, quien actualmente se encuentra en suelo español, la Fiscalía sumó cuatro nuevos delitos contra el exdiplomático, quien derrotó a Nicolás Maduro en las elecciones según el 85,3% de las actas electorales difundidas por la oposición. . El 67% de los votos frente al 30% en las elecciones presidenciales del 28 de julio.
Aunque el Fiscal General de la República, Tarek William Saab, dijo que el proceso penal contra el opositor se detendrá una vez que González Urrutia se traslade a España con el trato seguro que le otorga el Gobierno nacional, la comunicación que muestra la dirección del parlamentario ante los crímenes de Interpol : ignorancia de las instituciones estatales, violencia contra la paz pública, participación en el uso de actividades, difusión de información falsa, creación de ansiedad pública al ignorar los resultados electorales y su validez, capitalizan los seis ya mencionados. ha sido añadido.
La denuncia del diputado.
1.- Función de ocupación. Este delito está previsto en el artículo 213 del Código Penal venezolano: “Quien asuma o ejerza falsamente una función pública, civil o militar, será sancionado con prisión de dos a seis meses”.
En declaraciones públicas y declaraciones firmadas, Edmundo González se declaró presidente electo en las elecciones del 28 de julio. Antes de los resultados totales, sin mostrar el acta de escrutinio, sin atender las acusaciones de fraude de la oposición y sin publicar los resultados en la Gaceta, las fuerzas electorales declararon ganador a Maduro con el 51% de los votos frente al 43% del candidato opositor. recibirá.
2.- Falsificar un documento público. Este delito está registrado en el artículo 319 del Código Penal. “El que, por cualquier medio, falsifique una copia de un acto público, asuma el original, o altere una copia auténtica, o, en definitiva, emita una copia contraria a la verdad, que falsifique total o parcialmente un documento. “Darle la apariencia de instrumento público o realizar tal cambio real, o quien manipulare el documento oficial correspondiente para sustraer una identidad distinta a la suya, será reprimido con prisión de seis años a doce años.”
Aquí el triunfo del diputado González Urrutia en la votación electoral se refirió a la publicación del acta de votación en la tabla de 83,5% recogida por los testigos electorales de la Plataforma Unitaria Democrática en el portal de resultados convzla.com.
3.-Incitación a desobedecer la ley. Este apartado del artículo 283 del Código Penal dice así: El que abiertamente o por cualquier medio incite a otro u otros a cometer un acto en violación de la ley, por el solo hecho de la incitación, será sancionado.
Edmundo González, al igual que la líder opositora María Corina Machado, llamó a la ciudadanía a mantenerse firme en la defensa de los resultados electorales del 28 de julio y a presionar al máximo a la comunidad internacional para que Maduro acepte negociar su salida pacífica del poder.
4. Conspiración. El artículo 132 del Código Penal establece en parte: “Quien, dentro o fuera del territorio nacional, conspire para destruir la forma política republicana que ha asumido la nación, será sancionado con prisión de ocho a dieciséis años”. Es uno de los más utilizados por el gobierno venezolano entre 2016 y 2020 para perseguir a diputados de la Asamblea Nacional de mayoría opositora.
Según el chavismo Maduro, la oposición venezolana, en este caso un ex diplomático, quiere dar un golpe de estado contra el gobierno sin reconocer a Nicolás Maduro como presidente reelegido.
5.- Desconocimiento de las instituciones estatales. El MP citó el artículo 216 del Código Penal que establece: “Quien utilice violencia o amenazas para impedir o perturbar las reuniones o el funcionamiento de órganos judiciales, políticos, electorales o administrativos legalmente constituidos o de sus representantes u otras autoridades o instituciones públicas, o para influir sus deliberaciones, serán reprimidos con la pena establecida en el artículo anterior”, es decir, prisión de dos a cinco años.
Desde el punto de vista del poder político de Miraflores, González Urrutia no sólo desconocerá al poder electoral, la Junta Electoral de Venezuela, sino también al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que validó la elección en su fallo del 22 de agosto. El resultado fue a favor de Maduro y declaró el asunto como un “sentencia de la justicia”.
6.-Involucrado en el uso de actos violentos contra la paz pública.. Artículo 218 del Código Penal de Venezuela: “El que utilice violencia o amenazas para oponerse a un funcionario público en el desempeño de sus funciones oficiales, o a las personas que éste llame para apoyarlo, será reprimido con prisión de un mes a dos años.
D la prisión Será:
1. Si el hecho se comete con arma blanca o arma de fuego, de tres meses a dos años.
2. Si el hecho se comete en reunión de cinco o más personas o sin armas y con algún tipo de armas, sobre la base de algún plan acordado, en el plazo de uno a cinco años.
Si el objeto de esta Ley es impedir la aprehensión del infractor o de cualquiera de sus familiares inmediatos, la pena será de prisión de uno a diez meses, o de prisión inferior a tres meses, en el caso del apartado primero. artículo actual. Se aplicará prisión de dos a veinte meses por el primer cargo y de seis a treinta meses de prisión por el segundo.
3. Si se resiste a los agentes policiales sin cuchillo o arma de fuego, sólo para evitar una detención que los propios agentes intentaron practicar por delito común cometido por el recluso, la pena será de uno a seis meses sólo después de la detención. “
Diputados y portavoces del chavismo madurismo culparon a la oposición de más de 20 muertes ocurridas durante las protestas contra los resultados electorales del 29 y 30 de julio. Entre los muertos se encuentran miembros de las fuerzas de seguridad.
7.- Difundir información falsa ignorando los resultados electorales para crear ansiedad entre la gente. Artículo 297-A del Código Penal: “Toda persona que, mediante cualquier información falsa difundida por medios impresos, radio, televisión, teléfono, correo electrónico o folletos escritos, cause pánico o ansiedad en la comunidad, será sancionada con prisión. De dos a cinco años.”
8.- Sabotaje o daño al sistema.. Artículo 7 de la Ley Especial contra los Delitos Informáticos: “Será sancionado quien intencionalmente destruya, dañe, altere o realice cualquier acto que altere el funcionamiento o inutilice cualquier sistema que utilice tecnologías de la información o utilice cualquiera de los componentes que lo integran. De cuatro a ocho años de prisión y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias”, dice parte del artículo.
Al emitir el primer boletín de resultados a favor de Maduro, el poder electoral denunció un presunto ataque informático que impidió la transmisión de resultados desde las mesas electorales a la sala de totalización del CNE. Hasta la fecha, el organismo electoral se esconde detrás de dicho sabotaje al no mostrar las actas de votación ni publicar los resultados en el sitio web fuera de línea.
9.- El sexto crimen atribuido a Edmundo González Urrutia por el ordenamiento jurídico venezolano asociación. El mismo, registrado en el artículo 37 de la Ley contra el Financiamiento de la Delincuencia Organizada y el Terrorismo, señala lo siguiente: Quien forme parte de un grupo delictivo organizado, será sancionado por su vinculación con prisión de seis a diez años.
10.- Lavado de dinero. Artículo 35 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento del Terrorismo: “Quien, por sí o por interpuesta persona, posea capitales, productos, fondos, bienes o beneficios, sabiendo que provienen directa o indirectamente de actividades ilícitas, de diez a quince serán reprimidos con prisión de un año y multa igual al valor del aumento de los bienes obtenidos ilegalmente.
La misma pena se aplicará a quien realice por sí o por interpuesta persona las siguientes actividades: 1.- Conversión, transferencia o transferencia en cualquier forma de bienes, capitales, riquezas, beneficios o excedentes con el fin de disimular u ocultar el origen ilícito. o las consecuencias jurídicas de sus actos. Para evitar ayudar a cualquier persona involucrada en dicho delito. 2.- Ocultación, ocultamiento o suplantación de la naturaleza, origen, ubicación, disposición, destino, movimiento o propiedad de bienes o derechos legales sobre los mismos. 3.- Adquisición, posesión o uso de bienes como consecuencia de un delito. 4.- Protección, inversión, conversión, custodia o administración de bienes o capitales resultantes de actividades ilícitas.
Los capitales, bienes o activos objeto de delitos de lavado de activos serán confiscados o decomisados.
Interpol no responde a la persecución política
El abogado de González Urrutia, Pierde a José VicenteSe negó a pronunciarse al respecto por “estrictas razones de seguridad”, por lo que debe ser el exdiplomático o la Plataforma Unitaria Democrática quien fije una postura.
Este 7 de noviembre, el exdiplomático achacó la nueva jugada de la Fiscalía al trabajo que realizaba en el exterior para que Se respeta la voluntad popular del pueblo venezolano.
“Estamos llevando el mensaje a todos los órganos de decisión del mundo sobre la victoria indiscutible del deseo de cambio de Venezuela, las violaciones de derechos y los próximos pasos. La voluntad del pueblo venezolano no sólo debe ser reconocida, sino también respetada. Estamos trabajando para que esto suceda”, escribió en su cuenta de la red social X.
Zaire Mudare, ex fiscal adjunto del MP, recordó que la ley de Interpol prohíbe el uso de amonestaciones indefinidamente en casos de persecución por motivos políticos, religiosos y étnicos.
“El venezolano Tarek William Saab (…) Venezuela debe ser suspendida de Interpol, porque una organización criminal como un régimen que ha tomado el poder no puede utilizar el mecanismo de cooperación policial. que están fuera del Estado de derecho”, dijo.
En efecto, este 8 de noviembre, un portavoz de Interpol dijo a la agencia de noticias Caracas Al Dia que el artículo 3 de los estatutos de la organización “Razones políticas prohíben cualquier uso de nuestro sistema.», en referencia al pedido contra González Urrutia.