El líder político opositor, Gerardo Blyde, aclaró que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) no tiene competencia más amplia sobre los poderes electorales, más allá de apelar los resultados.
“El único objeto de un recurso electoral impugnado es impugnar la acción o acciones del CNE. ¿Qué impugnó Maduro su propia declaración? El TSJ no tiene competencia para sustituir las obligaciones que el CNE tenía que cumplir con la consolidación previa a la declaración. “, dijo Blyde, que también es abogado.
“¿Qué polémica conoce el TSJ y por la cual han convocado candidatos? “Maduro no tiene legitimidad activa a menos que desafíe su propia declaración”, comentó.
Sin embargo, advirtió que el chavismo podría preparar un nuevo complot.
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“Es claro que se pretende que el TSJ sustituya la fase incompleta de la totalización de actas sin ninguna competencia constitucional o legal que lo permita. Ni la constitución, ni la ley orgánica del proceso electoral, ni la ley del TSJ facultan al órgano electoral cámara para totalizar”, aclaró.
Es más, desconocía la legislación declarativa que Elvis Amaroso había hecho con Nicolás Maduro. “Sin completar la fase de totalización en el CNE, la declaratoria carece de los requisitos básicos de validez de la Ley y la deja sin efecto. El proceso de elaboración de dicha Ley ha sido violado por el CNE”, se afirma.
Blyde consideró que las acciones irregulares del CNE ameritarían una investigación por parte de la justicia venezolana. “Esto no será lo que haga el TSJ ni lo que afirmó Maduro. Profundizan las violaciones legales y constitucionales al pretender lo contrario”.
El único objeto del recurso electoral controvertido es impugnar la acción o acciones del CNE. ¿Maduro desafió? ¿Actuar según su propia declaración? El TSJ no tiene competencia para sustituir la obligación de la CNE de cumplir con la TOTALIZACIÓN previa a la declaración.
– Gerardo Blyde (@gerardoblyde) 2 de agosto de 2024
Por su parte, la líder opositora, Delsa Solórzano, insistió al tiempo que aseguró que la “Cámara Electoral no está en condiciones de “certificar” los resultados electorales.
Además, destacó que dichas actas ni siquiera fueron publicadas por el CNE.
«No puede sustituir al CNE para totalizar los resultados. La Sala sólo puede conocer de reclamaciones contra actos, acciones y omisiones de los poderes electorales, pero en todo caso el proponente no puede ser beneficiario de la decisión apelada”, dijo.
#actualización selectiva Análisis Jurídico:
Respecto del recurso de Maduro ante el TSJ, debo resaltar que el recurso electoral impugnado, según la LOPRE, se ejerce contra una resolución del Consejo Nacional Electoral. En este caso, cabe señalar que la única posibilidad es…— Delsa Solórzano (@delsasolorzano) 2 de agosto de 2024