La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó este jueves al Estado venezolano por la detención arbitraria e ilegal, así como la violación de las garantías judiciales, del general de brigada retirado del Ejército Ovidio Jesús Poggioli Pérez.
La Corte Interamericana indicó a las partes en la sentencia que Venezuela es internacionalmente responsable por la violación de los “derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a la dignidad, a la garantía judicial y a la protección judicial” de Poggioli tras su detención ilegal y arbitraria, así como el debido violaciones procesales que enfrentó en el marco de dos procesos ante la jurisdicción penal militar.
“El tribunal determinó que la detención del señor Poggioli por parte de la Dirección de Inteligencia Militar fue ilegal, ya que no existió orden judicial o se presentó una circunstancia flagrante de delito, y se violó su derecho a ser informado de los motivos de su detención al no informarle. de los motivos de su detención”, señala la sentencia.
El caso tuvo lugar en el contexto de malestar social en Venezuela entre diciembre de 2001 y abril de 2002, cuando el 19 de abril de 2002 el Ministerio de Defensa ordenó la apertura de un proceso bajo jurisdicción militar contra Poggioli por presuntos delitos. El cargo es de carácter penal militar sin referencia al mismo.
La defensa de Poggioli presentó un recurso solicitando la nulidad de un proceso penal de amparo constitucional, el cual fue aceptado por la Sala Constitucional, que suspendió el caso en 2002.
En diciembre de 2003, Poggioli fue detenido por la Dirección de Inteligencia Militar sin orden judicial y sin motivo de privación de libertad. Posteriormente, en 2004, se inició un segundo proceso penal en su contra y fue acusado de motín militar. Finalmente fue condenado a 2 años, 5 meses y 10 días de prisión en 2005, recibiendo su plena libertad en 2006.
“En este caso, el señor Poggioli, que no era militar activo, fue juzgado por un tribunal militar, lo que constituyó una violación del derecho a ser oído por un tribunal competente (…) El tribunal consideró que el El Estado había violado desde 2002 el derecho a ser informado detalladamente de los cargos que se le imputan en el proceso y determinó que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia no fundamentó adecuadamente una solicitud en un recurso de amparo, lo que representa otro. violación de la garantía judicial”, explicó la CorteIDH.
Debido a las violaciones declaradas, la Corte Interamericana ordenó a Venezuela cancelar el proceso penal militar iniciado contra Poggioli, así como adoptar todas las medidas judiciales, administrativas y de otra índole necesarias para establecer limitaciones a la competencia de los tribunales militares, siendo la competencia aplicable sólo al personal militar activo. También será responsable del pago de los daños y perjuicios monetarios y no monetarios y de las costas y gastos. Caracas Al Dia