Con la medida del presidente argentino, Javier Milli, se deja sin efecto la prohibición a las petroleras que no puedan poseer y/o operar directamente más del 40% de la red total de estaciones de gasolina y diésel que comercializan. tu propiedad
DNU llamado 70/23 “Fundamentos de la reestructuración de la economía argentina”. Que entró en vigor el último día de 2023, eliminó un número importante de normas que regulaban diversos aspectos de la actividad económica. Muchos de ellos afectan al desarrollo de las estaciones de servicio, especialmente en materia de contratos con petroleras y venta de gasolina y otros combustibles.
En este sentido, el asesor jurídico de la Confederación de Comercio de Hidrocarburos de la República Argentina (Cecha), Francisco Bardaguer, enumeró Dispensador, Portal de Estaciones de Servicio, Algunos puntos del paquete de arreglo:
a) incluye como objetivo principal la desregulación de la economía basada en decisiones libres tomadas en el contexto de la libre competencia, Respecto de los principios constitucionales de propiedad privada y libre circulación de productos, servicios y empleos.
Para lograr este objetivo, habrá una amplia regulación del comercio, los servicios y la industria, eliminando todas las restricciones al suministro de bienes y servicios, así como cualquier regulación necesaria para distorsionar los precios del mercado, inhibir la libre empresa privada o evitar la interacción espontánea. oferta y demanda.
b) deroga el Decreto 1060/2000, lo que significa: b.1. Dejar sin efectos los plazos máximos establecidos para los contratos de suministro con empresas petroleras: ocho años, en el caso de establecimiento de una nueva estación de servicio y cinco años, en el caso de celebración, renovación y/o prórroga de contrato con estaciones de servicio existentes.
B. 2. Esto anula las restricciones vigentes hasta ahora sobre las compañías petroleras que no pueden poseerlas ni operarlas directamente. Más del 40% del total de la red de estaciones de servicio comercializan marcas propias
c) Derogó la Ley de Abastecimiento, que sirvió de motor y soporte a diversas normas del Ministerio de Energía y Comercio relacionadas con la regulación de combustibles y el suministro continuo a las estaciones de servicio.
Al respecto, Francisco Bardaguerre dijo que está claro El Estado ya no interferirá en la economía y tendrá control sobre el sector productivo. La intervención se limita a violaciones de derechos constitucionales.
Respecto al sector de estaciones de servicio, sostiene que el decreto especifica que las actividades relacionadas con la explotación, procesamiento, transporte, industrialización y comercialización de hidrocarburos serán realizadas por empresas estatales, privadas o mixtas. “Esto significa que el Estado, las compañías petroleras y los operadores de estaciones podrán competir en el mismo sector”, señaló.
Otra medida es esta El Ejecutivo no podrá intervenir en el mercado interno ni fijar precios de mercado En cualquier nivel de producción, lo que significa que no habrá controles de precios en la venta de combustible.
Como último dato, añadió Berdaguer, el proyecto deroga la Ley de Defensa de la Competencia actualmente vigente, con el objetivo de crear un marco regulatorio que se adapte al nuevo paradigma legal. “Se supone que la Comisión de Defensa Nacional tendrá un papel decisivo en esta nueva etapa, precisamente verificando que se respeten las buenas prácticas, la libre y sana competencia”.
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