La Sala negó la inmunidad provisional, condicional y anticipada solicitada por la defensa de Salvatore Mancuso Gómez para definir la situación jurídica de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia.
De igual forma, se le negó la libertad como gestor de paz designado por el Gobierno nacional, informó la JEP en un post en Red X, donde detalló todos los detalles relacionados con el pedido de libertad planteado por la defensa del sujeto.
#atención | Sala para definir la situación jurídica #dar Salvatore Mancuso negó la libertad provisional, condicional y anticipada solicitada por la defensa de Gómez. También negó su independencia como gestor de paz designado por el gobierno nacional. pic.twitter.com/DIGYPI27jk
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) 4 de julio de 2024
Según la Jurisdicción Especial para la Paz, con su determinación “el tema de la comparecencia de Mancuso ante la JEP que está siendo estudiado por la Corte Constitucional es un 'por conflicto positivo de competencia'”, por lo que “la competencia de la JEP, por motivos personales razones, se cuestiona.
Mancuso como pacificador
La JEP recuerda que esta solicitud ya fue rechazada por la Corte de Justicia de Barranquilla y la Sala de Paz, la cual fue apelada, “el recurso no fue resuelto por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en atención al conflicto de competencias. Dado por el Tribunal Constitucional.”
“Por eso la JEP también niega a Mancuso la independencia como gestor de paz”, añadió.
La jurisdicción ya había negado la libertad al ex líder paramilitar en abril pasado, señalando que “la libertad temporal, condicional y preliminar, como ha dicho la propia División de Apelaciones, es una facilidad para fomentar la fe y no un derecho automático”. .
Agregó que “no es posible otorgar beneficios incondicionales o automáticos porque de lo que se trata es de garantizar los derechos de las víctimas”, informaron medios colombianos.