con una espátula
Muy preocupado por la intolerable y dramática situación del país. Los miembros de nuestro cuerpo cívico, República e Independencia. “Nos negamos” Política de falsas descalificaciones frente a todos sus contenidos Ing. María Karina MachadoDestacados líderes y ciudadanos respetados son candidatos para las próximas elecciones presidenciales que se realizarán el próximo año 2024.
Comunicación emitida por el señor Antonio José Meneses Rodríguez, Director General de Procesos Especiales de la Contraloría General de la República, en respuesta a una comunicación del Diputado señor Dionisio Brito Rodríguez, solicitando información (violación del derecho a la intimidad y usurpación de autoridad ) de la candidata a las próximas elecciones presidenciales de la señora María Corina Machado Sobre personería jurídica. No está de acuerdo con la ley, es inaceptable, nulo y violatorio de la ley civil.
Expresamos nuestro profundo rechazo a tal comunicación pública, por su inadecuación, ilegalidad y falta de toda justicia en su aplicación y contenido. Como director de esa unidad el señor Antonio José Meneses R., funcionario subalterno de la Contraloría, emitió una comunicación falsa sin la debida autoridad y calificación, declarando una sentencia “inexistente” y un término de 15 años para los “incapaces”. ingeniera María Corina Machado, Viola los artículos 77 y 79 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, que rigen las investigaciones de los organismos reguladores financieros como de “carácter protegido”. Por lo tanto, no se debe dar información de cualquier naturaleza sobre un ciudadano a una persona, aunque sea diputado de la república, que no sea parte de este procedimiento, ni puede acudir a la Contraloría para informarse sobre la situación o la situación. condición de otras personas.
Asimismo, esa facultad atribuida a dicho funcionario está, por ley, reservada única y exclusivamente al Contralor General de la República. Por ello, dicha comunicación y su contenido son falsos, desprovistos de toda verdad y lo suponemos por la gravedad de los perjuicios y consecuencias que pueden o no producirse. Los funcionarios involucrados en estas declaraciones absurdas y falsas deben ser sancionados. Y si tal extravagancia es aprobada por la Contraloría General de la República, por razón de la ilegalidad y falsedad de su contenido, la Contraloría Civil de la República podrá ser juzgada y sancionada por delitos de lesa humanidad. Por lo tanto, recomendamos al Procurador General, Honorable Abogado, Sr. Karim Khan que emita la notificación pertinente a la Corte Penal Internacional de La Haya para sus respectivos procedimientos.
Hacemos nuestro rechazo oportuno y alerta a las posibles intenciones del régimen, que conoce el absurdo y la ilegalidad de la medida. No fue lanzado como un globo de prueba con la única intención de engañar e influir negativamente en el proceso de elecciones primarias para medir la intensidad o fuerza de las posibles reacciones tanto a nivel nacional como internacional. Y según ellos, existe la opción de declinar la autoría o responsabilidad de dicha declaración. Abstenerse de culpa y culpar únicamente al funcionario que emitió la comunicación arbitraria, y cometió un error grave, tendrá sanciones y consecuencias.
Dios guarde y una al pueblo de Venezuela en su lucha.
Dr. A. S. Oswald Álvarez Shanti | Dr. A. S. José Bull Hardy | Dra. Esther Demargulis |
Dr. Haroldo Romero | general r Juan Antonio Herrera b. | Sr. Julio César Moreno |
Ing. Egildo Luján | Ing. José Ignacio Casal. | Lic. Eleazar Luján |
orlando martinez | Lic. rosario orellana | Dr. Alberto Maimón |
Lic. Lierg Bautista | Lic. María del Pilar Iriberen. | Dr. Rómulo Hernández |