La ley introducida por el Ejecutivo especifica que la obligación de identificarse se hace efectiva con la presentación de pruebas alternativas. Los datos de estos extranjeros serán ingresados en el Registro de Información Migratoria (RIM) a cargo de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
El gobierno peruano aprobó un decreto el 15 de diciembre, que estableció que los extranjeros que ingresen al Perú y no cumplan con la obligación de identificarse ante las autoridades competentes serán expulsados del país.
Una nota publicada en el diario oficial peruano Señaló que la Ley Ejecutiva 32192 promulgada también especifica que la obligación de identificarse se hace efectiva con la presentación de prueba alternativa.
“A falta de algún medio válido de identificación del extranjero, personal de la Policía Nacional del Perú procede a tomar la declaración de identidad del extranjero, registrarla en un expediente y recolectar información biométrica. “La declaración de identidad tiene carácter constructivo”, añade la norma.
Los datos de estos extranjeros serán incluidos en el Registro de Información Migratoria (RIM) a cargo de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
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“Se prioriza la captura de datos biométricos y su procesamiento digital asociado, apuntando a un historial migratorio. Este planteamiento no implica la regularización de la situación migratoria del extranjero”, citó.
Por otro lado, precisa que el Certificado de Movimiento Migratorio es el documento en el que constan los datos de ingreso y salida de peruanos y extranjeros registrados ante Migración en el territorio nacional.
“Este certificado lo emiten las autoridades migratorias, es público y puede ser solicitado por cualquier persona mayor de edad que cuente con un documento de identidad”, agregó.
La ley, destinada a reducir la delincuencia, fue aprobada por el Congreso a principios de noviembre con 87 votos a favor, 2 en contra y 9 abstenciones.
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