El TSJ no ha publicado en su totalidad su fallo del 4 de noviembre, en el que rechazó la solicitud del CNE de publicar los resultados detallados de las elecciones presidenciales. El abogado afirmó que se violaron los principios de acceso, transparencia, debido proceso y publicidad de la decisión judicial.
Andrés Giuseppe, uno de los demandantes, solicitó el miércoles 6 de noviembre al TSJ copia certificada de la decisión emitida por la Sala Constitucional el 4 de noviembre, declarando inadmisible el recurso contra el CNE por abstención o ausencia.
Este es el recurso firmado por la abogada María Alejandra Díaz, quien fue suspendida de su ejercicio profesional por el TSJ por no divulgar los resultados separados de las elecciones presidenciales del 28 de julio.
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Díaz señaló que el fallo no fue publicado en su totalidad en el sitio web del TSJ “por ser consistente con los principios de acceso, transparencia, debido proceso y difusión de las decisiones judiciales y desconocemos su motivación”.
TSJ
Fue presentado hoy por un demandante.@aziusepe Copia certificada de la resolución emitida por la SC N° 0603 donde declaró improcedente el recurso de apelación o falta de suspensión contra el CNE por no publicación de resultados aislados, ya que no… pic.twitter.com/k8gbxgIK36— María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜 (@MariaesPueblo) 6 de noviembre de 2024
También dijo que continúan la lucha democrática.
Se interpuso un recurso de apelación contra los resultados de las elecciones de julio después de que el recurso de anulación presentado por el Frente Democrático Popular (FDP) fuera declarado inadmisible. Lo firmaron el abogado Díaz, el economista Andrés Giuseppe, Juan Barreto (Redes); El Coordinador Nacional del Bloque Histórico Popular, José Luis İbrahim Este, del Partido Comunista de Venezuela (PCV), Oscar Figueira, Yul Jabor y Carlos Ojeda Falcón y el líder de los Centrados, Enrique Márquez.
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