El director técnico de la selección venezolana, el argentino Fernando “Bocha” Batista, no estará en el banquillo para el próximo partido de la Vinotinto en la Copa América, cuando enfrente a Jamaica, tras ser suspendido por el fútbol sudamericano. El partido disputado en el segundo tiempo fue el de los criollos contra México por el retraso en la alineación del equipo de la confederación (Conmable).
En este sentido, tras las victorias sobre Ecuador (2-1) y México (2-1), el criollo liderará el banquillo tras el gran inicio de competición de Vino Tinto en el que suma seis puntos de seis posibles. 1-0).
Venezuela buscará el primer puesto del Grupo B este domingo cuando enfrente a los jamaicanos, aún sin puntos, en el Q2 Stadium de Austin, Texas.
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En caso de empate, se aseguraría el primer lugar la Vinotinto, cuya prioridad sería 'saltarse' a Argentina en la siguiente ronda.
La noticia fue confirmada por el propio Kufre en una conferencia de prensa, a la que Batista no pudo asistir debido a las sanciones.
Es importante señalar que el técnico argentino Lionel Scaloni también enfrentó una situación similar; y Ricardo Gareca de Chile.
Asimismo, la Federación Venezolana de Fútbol recibió una multa de $15.000, la cual será debitada de los montos recibidos por concepto de derechos de transmisión televisiva, participación y/o premios.
Veredicto del Comité Disciplinario de Conmable
Un juez único de la Comisión Disciplinaria de Conmable resuelve
1er La CONMEBOL Copa América USA 2024 impone una multa de USD 15.000 (quince mil dólares estadounidenses) a la Federación Venezolana de Fútbol por violar los artículos 104 y 145. Este importe se debitará automáticamente del importe que reciba la Federación por concepto de derechos de televisión, participación y/o premio.
2do. Suspender al Oficial Fernando Batista por un (1) partido por violación al Artículo 145 del Reglamento de la CONMEBOL Copa América USA 2024 de conformidad con el Artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL.
3er Advertir claramente a la Federación Venezolana y al funcionario Fernando Batista que en caso de reincidencia de cualquier infracción disciplinaria deportiva de igual o similar naturaleza que dio origen a este procedimiento, se estará a lo dispuesto en el artículo 27 del código disciplinario del Conmable y el consecuencias que de ellos se derivan.
4to. Notificación y consentimiento del expediente.
Contra esta decisión no cabe recurso.