Para la apertura de cuentas en moneda extranjera se mantendrán los mismos requisitos, limitaciones y montos al nivel que se establezca de acuerdo con su paridad, según el tipo de cambio establecido por el BCV.
La Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (SUDEBAN) emitió una circular informando su decisión de flexibilizar el requisito de apertura de cuentas bancarias como personas naturales.
“Con el fin de brindar nuevas oportunidades garantizando la igualdad a los clientes, usuarios del proceso bancario (…) esta Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario considera la necesidad de flexibilizar los requisitos para la apertura de cuentas bancarias, lo que toma en cuenta variables “Prevención del blanqueo de capitales, financiación del terrorismo y destrucción masiva. Cambiar la calificación de riesgo en materia de no proliferación”, se lee en el comunicado compartido por el instituto.
En este sentido, la Sudeban señaló que para abrir una cuenta corriente y de ahorro para una persona Nivel 1 se requeriría lo siguiente:
- Cédula de identidad laminada clara del solicitante, vigente o vencida.
- Dirección del propietario
- Si eres extranjero, tu pasaporte debe ser legible.
De estos, se podrá depositar mensualmente un monto de 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).
Pero existen otros tipos de cuentas con estas mismas características. nivel 2, usuarios Podrán cobrar más de 700 veces el monto mensual El tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el BCV.
Los requisitos que deben solicitar las instituciones financieras del país son:
- Cédula de identidad laminada clara del solicitante, vigente o vencida.
- Dirección del propietario
- Copia del Registro Único de Información Tributaria (RIF) legible y vigente del titular.
- Si es extranjero, pasaporte vigente.
- Certificado de ingresos (certificado) cuando se trabaja con personas de libre actividad económica.
- Comprobante de empleo, cuando se trate de personas en situación de dependencia laboral.
Para la apertura de cuentas en moneda extranjera se mantendrán los mismos requisitos, limitaciones y montos al nivel que se establezca de acuerdo con su paridad, según el tipo de cambio establecido por el BCV.
Para abrir cualquier tipo de cuenta bancaria será imprescindible una entrevista con el solicitante, la cual podrá realizarse de forma presencial o a través de medios virtuales: videollamada, videoconferencia, entre otros, la cual deberá estar certificada por Sudevan.
“Para las personas jurídicas, se mantendrán los requisitos establecidos en la referida resolución (…) El incumplimiento de las disposiciones anteriores será sancionado de conformidad con lo dispuesto en la ley con rango, norma y fuerza de decreto del institución. Medidas administrativas e instrucciones que este organismo supervisor puede imponer de acuerdo con sus competencias. sector bancario sin previsión alguna “, dice el documento.
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