El fiscal Tarek William Saab dijo que quienes usurparon las funciones del CNE serían investigados e incluso detenidos.
El fiscal designado por la extinta Asamblea Constituyente, Tarek William Saab, insistió este viernes 26 de julio en que cualquier organización civil o política que “asuma” las funciones del Consejo Nacional Electoral (CNE), es decir, administre los resultados o estimados. Los posibles ganadores de las elecciones del domingo 28 serán objeto de investigación.
Saab, señaló en sus redes sociales que tales actividades están relacionadas con la iniciativa de crear “ansiedad” y “caos” entre la población mediante el manejo de números no oficiales, por lo que quienes caigan en esta situación serán detenidos.
en tu mensaje El fiscal puso como ejemplo al líder opositor de Convergencia, Biagio Pillieri, quien en los últimos días llamó al Ministerio Público a investigar el presunto ataque contra la coordinadora de Vente Venezuela, María Corina Machado, en una conferencia de prensa, donde insistió en que Tendrá las actas de más de 30 mil centros de votación y las actas que dice que serán honradas “en un proceso que debe ser libre, democrático y transparente”.
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# ahoraél @MinpublicoVEN Frente a la retórica imprudente de Biagio Pillieri y en el marco del respeto y el consentimiento #Pedido Legal en nuestro país #Precaución Próximo:
1) El que incite o promueva #Adquisición Funciones exclusivas del Consejo… pic.twitter.com/q9MkGaWM8d
—Tarek William Saab (@Tarek William Saab) 26 de julio de 2024
Así, Tarek William Saab profundizó su advertencia el 23 de julio cuando insistió en que quienes anuncien los resultados de las elecciones presidenciales ante el CNE cometerán un delito electoral.
«Existe un solo poder electoral porque en cualquier parte del mundo (…) el CN es el único que emite resultados electorales. “Cualquiera que haga esto fuera de esta constitución, fuera de esa competencia legal, sabe que está cometiendo un delito”, dijo el fiscal a varios medios de comunicación.
La Ley Orgánica del Proceso Electoral, en su artículo 83, “prohíbe la difusión de los resultados electorales a través de cualquier medio social antes de que el Consejo Nacional Electoral emita su primer boletín oficial”. El organismo puede instruir a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONTEL) para que interrumpa la señal.
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