El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Sala Constitucional, declaró inadmisible un recurso de amparo interpuesto contra el CNE que solicitaba la divulgación detallada de los resultados de las elecciones presidenciales del 28 de julio.
Los dirigentes políticos Andrés Giuseppe, José Luis İbrahim Este, Yul Yabar, Carlos Ojeda, Oscar Figueroa, Eduardo Sánchez, Juan Barreto y Enrique Márquez firmaron el recurso. De igual forma lo presentó la abogada María Alejandra Díaz Marín.
Los magistrados revisaron el documento y lo calificaron de “imprudente”, por lo que no sólo lo calificaron de “inaceptable”, sino que anunciaron represalias contra el abogado, quien fue suspendido y multado como máximo “equivalente a 100 veces el tipo de cambio oficial” comunitario.
#último minuto La Sala Constitucional del TSJ declaró inadmisible una acción de amparo interpuesta contra el CNE y su supuesta omisión de publicar los resultados del 28J, recurso que los magistrados consideraron frívolo. La sala también destituyó a la abogada María Alejandra Díaz Marín pic.twitter.com/VY39UkD4xj
— Eligio Rojas (@ELESPINITO) 5 de noviembre de 2024
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Según el CNE, Nicolás Maduro ganó las elecciones con 6.408.844 votos (51,95%), mientras que el candidato de Unidad, Edmundo González, sumó 5.326.104 (43,18%).
Estas conclusiones fueron confirmadas por el propio TSJ en sentencia emitida el 23 de agosto tras una investigación. Sin embargo, en ese fallo también ordenó al CNE cumplir con sus obligaciones bajo la Ley de Procedimientos Electorales, que prevé la publicación de los resultados 30 días después de la elección.
“Se solicita al CNE publicar los resultados finales del proceso electoral en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela”, dijo.
Sin embargo, a más de dos meses de este fallo, el CNE no se ha pronunciado sobre la orden del TSJ.