Para los abogados especializados en materia constitucional, los miembros Corte Suprema de Justicia (TSJ) ha aportado amplias pruebas, a través de declaraciones, apariciones públicas y sentencias, de su “sesgo” a favor del chavismo. De hecho, quienes ocupan puestos clave provienen de las filas del partido gobernante, el Psuv.
Pero a pesar de todos los veredictos en el controvertido incidente, que confirman que es inconstitucional y viola los derechos fundamentales, el jefe del poder judicial, afirmaron, fue sellado en 2024. Subordinación al Departamento Ejecutivo Y el “jaque mate” de la Carta Magna usurpó el poder electoral y legitimó la victoria de Nicolás Maduro, sin mostrar registros auditados como prueba.
“La función de un TSJ no es sólo administrar justicia sino administrar toda la maquinaria relacionada con la administración de justicia en toda la geografía política, social, regional, nacional y si algo está claro es que este TSJ no ha podido hacerlo. Para cumplir tu misión. Dejado en deuda Sobre los venezolanos y lo que establece la constitución Realiza juicios en nombre de los venezolanos”, advirtió el abogado constitucionalista Nelson Chitty La Roche.
A continuación se muestra un resumen de las decisiones más controvertidas adoptadas por el Tribunal Superior a lo largo del año.
Camino a las elecciones presidenciales
Ante el éxito de las primarias opositoras de 2023, el TSJ comenzó aprobando las inhabilitaciones impuestas por la Contraloría General de la República (CGR) a los candidatos presidenciales de 2024, María Karina Machado. Con esta decisión, el opositor quedó eliminado de la carrera presidencial de 2024.
Por frase 05 Cámara Político Administrativa (SPA) El 26 de enero, la Corte Suprema declaró sin fundamento la pretensión de facto de la gestión de Machado y confirmó que una decisión de la CGR de 2023 lo inhabilitó para ejercer cargos públicos por 15 años. Responsable del “embargo” (embargo) contra Venezuela y la “entrega” de la empresa colombo-venezolana Monomeros.
En otro fallo del mismo día (03), la SPA aprobó una inhabilitación por 15 años contra el ex candidato presidencial y Primero Justicia (PJ) Henrik Capriles Radonski, con vigencia a partir de 2017.
El Tribunal Superior también empezó modificando la orden de 2024. Ex concejal del Psuv y ex alcalde encargado de Caracas, CARISLIA BEATRIZ RODRIGUEZReemplazó a Gladys Gutiérrez como presidenta. Rodríguez presidió la Cámara Electoral que, en 2023, declaró nulos los efectos de las primarias opositoras tras su finalización.
“A lo largo de este año El TSJ ha incumplido su papel de árbitro imparcial y ha tomado partido en repetidas ocasionesElimina toda sospecha de falta de autonomía, separación e independencia del poder. Y no sólo eso, en cada anuncio los magistrados también mostraron su radicalización y desviación de lo que sucederá el 28 de julio”, dijo el abogado constitucionalista Oscar Arnal.
Observaciones de la ONG Acceso a la Justicia resaltan la frase 0207 Sala Constitucional (SC), con el que los magistrados aprobaron la intervención de Primero Justicia, comenzó en junio de 2020 y fue suspendida unos meses después, para entregar cierto control de Shamiana a José Brito, diputado y disidente de ese partido.
“Es fundamental resaltar que la decisión judicial de la CS representa una violación más a la autonomía del partido político Movimiento Primero Justicia”, y Más libertades comprometidas y el derecho a la participación política en el país“, comentó la ONG sobre la decisión.
Empuje electoral
Las elecciones presidenciales se celebraron el 28 de julio, tras las cuales el Presidente Md Consejo Nacional Electoral (CNE) Elvis Amoroso anunció la victoria de Maduro sobre su opositor Edmundo González, con el 51,20% de los votos, el gobernante decidió acudir al TSJ para presentar una polémica petición buscando la certificación de los resultados electorales en su nombre. La Cámara Electoral (SE) lo admitió el 1 de agosto.
Al día siguiente, la SE solicitó al CNE presentar las actas de escrutinio, terminación, sentencia y declaratoria de la elección presidencial a través de 26 sentencias. En el TSJ y en la sentencia avanzó su opinión de que juzgará como cierto el supuesto “ataque cibernético” con el que el CNE se excusó de no mostrar los resultados electorales a través de los colegios electorales.
El 5 de agosto, el TSJ inició un proceso de examen de material electoral sin la presencia de observadores calificados e independientes y convocó a candidatos y partidos participantes en las elecciones del 28 de julio, incluido González Urrutia, quien no estuvo presente. El 22 de agosto la SE, a través de 31 regímenes, legitimó los resultados anunciados por Amoroso y por tanto la “victoria” de Maduro.
“La decisión más grave fue quitarle el poder al CNE y culpar al actual ejecutivo por ganar. Luego disciplinar a un abogado sin ningún fundamento legal por intentar apelar esa decisión”, dijo Arnall.
Otros juristas como Gustavo Manzo han señalado que TSJ violó facultades del CNEEl artículo 293 de la Carta Magna establece porque declaran la nulidad total o parcial de las elecciones (artículo 4), así como la representación popular del poder popular para fiscalizar todas las labores relacionadas con la organización, administración, dirección y elección de cargos, así como como referendos (artículo 5).
El experto electoral Eugenio Martínez también señaló que el TSJ carecía de la capacidad técnica para realizar evaluaciones periciales del material electoral y en lugar de ese proceso, el CNE tuvo que realizar tres auditorías post-voto para verificar los resultados que nunca realizó. afuera
“Más allá de la constitucionalidad”
Como si esto fuera poco, en sentencia del 4 de noviembre, la SC negó un amparo (Sentencia 0603) contra el CNE por no publicar los resultados electorales. El TSJ no sólo calificó de “temeraria” la acción judicial, pese a ser un derecho, sino que multó al abogado que asistió al demandante en el recurso de apelación, ordenó al Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados que iniciara un procedimiento contra él y lo inhabilitó para ejercer la profesión. Practica, mientras la investigación es permanente.
sobre eso María Alejandra Díazquien fue miembro de la Asamblea Nacional Constituyente en 2017 y actualmente es uno de los disidentes del chavismo. El abogado calificó la decisión como un abuso, una tortura y “una clara advertencia para el libre ejercicio de la política”.
“Toda decisión que ignore los derechos humanos según la constitución es nula y sin valor. Estamos saturados de decisiones que son incompatibles con la Constitución y las leyes y que contribuyen a la comisión de crímenes de Estado, golpe de estado y Violación de acuerdos internacionales. Para la república que la suscribe, amplía enormemente el drama de la experiencia. El TSJ no cumple de ninguna manera con las facultades que se le delegan”, enfatizó Chitti La Roche.
Para su maestro Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Central de Venezuela (UCV), al igual que Arnal, no hay que esperar a que Maduro jure su cargo el 10 de enero de 2025 para considerarlo un “gobierno de facto” a partir de esta decisión del TSJ.
“Ya es un gobierno real. Ignorando cómo en realidad se ha ignorado la decisión del 28 de julio, y tratando de imponer a los venezolanos un resultado que saque de la constitucionalidad al espectro del poder público y los coloque en una situación. De hecho, eso puede describirse como ilegal, ilegal e inconstitucional”, dijo.
Administración de justicia sin compromisos
En la observación del TSJ, el Acceso a la Justicia SC también reflejó declaraciones de constitucionalidad de leyes cuestionadas aprobadas por la Asamblea Nacional con mayoría chavista. fue el caso Simón Bolívar, libertador de la ley orgánica contra el bloqueo imperialista y en defensa de la República Bolivariana de Venezuelaque castiga con prisión, inhabilitación y decomiso de bienes a quienes soliciten o apoyen sanciones internacionales.
“En esta ocasión, la SC sin el menor pudor ni discreción concluyó la constitucionalidad del carácter orgánico de una ley que no se sustenta en derechos fundamentales, lo que se traduce en ley. Desconocimiento del mandato de protección estatal constitucional de los organismos del poder públicodijo la ONG.
De manera similar, la CS declaró constitucional la ley de defensa de Guyana Esquiba.
El TSJ va a la cabeza, pero juristas y defensores de derechos humanos rechazan el uso de la justicia en Venezuela Un arma de represión política Contra la oposición del gobierno. ONG para cuentas penales aprox. 2.000 arrestos Después de las elecciones presidenciales del 28 de julio y la liberación, las detenciones de miembros de partidos políticos no cesaron.
En cada caso, todos procesados por “terror” Se han reportado violaciones al debido proceso, principalmente además del derecho a la defensa, torturas y muerte por falta de tratamiento oportuno.
“La justicia tiene sesgos políticosQue, sin pudor alguno, culpa, acusa y encarcela a quienes se atreven a expresar su desacuerdo. Tenemos que decir que el Poder Judicial no administró justicia pero lo hizo. hizo mal– añadió Chitty La Roche.