Las personas que, alegando representar a Venezuela, discutan bienes del país ubicados en el exterior o dentro del territorio nacional, sufrirán el decomiso de sus bienes.
Tales disposiciones están contenidas en la Ley de Protección de Bienes, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades Externas, aprobada por la Asamblea Nacional la semana pasada. Se espera que sea publicado en el diario oficial.
El artículo 13 de la citada ley establece sanciones penales para quienes “suplantando o atribuyéndose la representación de la República o de sus entidades, participen de cualquier forma en actos, negociaciones, propuestas, contratos, promesas o actos de administración, enajenación o disposición. Venezuela o en el extranjero, o cualquier bien, derecho o interés de su entidad situado en el territorio nacional”.
La misma regla dicta que las personas involucradas en estos hechos “estarán sujetas a los procedimientos de terminación de dominio”. Dicho proceso se refiere al decomiso de bienes, a través de un juicio donde el investigador debe probar la legitimidad de los bienes que posee cuando el ministerio público sospecha que fueron adquiridos con dinero muy sagrado. Pero si no puede probarlo, el juez declarará la abolición del dominio de aquel o aquellos bienes y dará el estado conforme a la ley orgánica de la abolición del dominio.
La Ley de Protección de Activos también prevé penas de prisión de 15 a 20 años para quienes directa o indirectamente participen en negociaciones o acuerdos.
Los bienes de Venezuela, radicados dentro o fuera del territorio sin representación válida del país.
La misma pena se aplicará a los que realicen o ayuden a realizar actos en los que se pretenda desconocer el poder público del Estado con el fin de simular la celebración de los actos jurídicos por los que se efectúan o se pretenden. El artículo 13 dice que tales conductas que afecten los recursos venezolanos “serán consideradas actividades ilícitas del crimen organizado”.
Una de las dos disposiciones finales de la ley declara “fraudulentas las figuras utilizadas para poseer o pretender representar a la República oa sus entidades sin efectos jurídicos e inmateriales”.